RESOLUCION, Nº 053-2016-APN/DIR, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL - Precisan que la Res. Nº 044-2016-APN/DIR, salvo su artículo 4, será de aplicación para los Terminales Portuarios de Uso Público en las operaciones que no cumplan con los niveles de servicios y productividad, conforme a lo establecido en el Contrato de Concesión u otras disposiciones-RESOLUCION-Nº 053-2016-APN/DIR

Fecha de publicación17 Agosto 2016
Fecha de disposición12 Agosto 2016

Callao, 12 de agosto de 2016

VISTO:

El Informe Técnico-Legal N° 047-2016-APN/DOMA/UAJ, de fecha 04 de agosto de 2016, a través del cual las áreas de operaciones y jurídica recomiendan aprobar un proyecto de norma que precise el alcance de la Resolución de Acuerdo de Directorio N° 044-2016-APN/DIR, que establece disposiciones complementarias de carácter general y de alcance nacional para el adecuado cumplimiento y aplicación de la Resolución Ministerial N° 162-2001-MTC-15.15;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 19 de la Ley N° 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), la Autoridad Portuaria Nacional (APN) es un Organismo Técnico Especializado, encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y financiera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, de acuerdo al artículo 24 de la LSPN, la APN tiene atribución para establecer normas técnico-operativas para el desarrollo y la prestación de las actividades y los servicios portuarios acorde con los principios de transparencia y libre competencia, normar en lo técnico y operativo el ingreso, permanencia y salida de las naves y de la carga en los puertos sujetos al ámbito de su competencia, así como cualquier otra actividad existente o por crearse;

Que, el artículo 100 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional (RLSPN), aprobado con Decreto Supremo N° 003-2004-MTC, establece que la APN por delegación de facultades del MTC, cuenta con facultades normativas y reglamentarias en el ámbito de su competencia. La APN emite normas de alcance general por Acuerdo de Directorio;

Que, la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Resolución Ministerial N°...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR