RESOLUCION, Nº 4071-2016, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan a Financiera Credinka S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Arequipa-RESOLUCION-Nº 4071-2016

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición20 de Julio de 2016

Lima, 20 de julio de 2016

El Intendente General de Microfinanzas

VISTA:

La solicitud presentada por la Financiera Credinka S.A. (en adelante, la Financiera) para que esta Superintendencia autorice el traslado de una agencia ubicada en el departamento de Arequipa; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N°4518-2010 de fecha 18 de mayo de 2010, esta Superintendencia autorizó la apertura de una agencia ubicada en el Centro Poblado de Cocachacra, Mz. E3, Lote 1, Av. Dean Valdivia N° 642, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa;

Que, en sesión de Directorio de fecha 28 de junio de 2016, se acordó el traslado de la referida agencia;

Que, la Financiera ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para el traslado de agencias;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera “D”; y,

De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las...

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