DECRETO SUPREMO, Nº 239-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales-DECRETO SUPREMO-Nº 239-2016-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición28 de Julio de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 se aprobó el presupuesto institucional de los pliegos del Sector Público;

Que, mediante Ley Nº 30137, se establecieron los criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada a efectos de reducir costos al Estado;

Que, mediante la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372 se dispuso la reactivación de la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, creada mediante la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, a fin que apruebe un listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, cuyos montos no superen los CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 50 000,00);

Que, conforme al numeral 3 de la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, a efectos de continuar con el proceso de atención de pago de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada y en ejecución, iniciados por la Ley N° 30137, se autorizó a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a depositar en una cuenta y con cargo a los saldos del Tesoro Público, hasta por la suma de CIENTO VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 125 465 435,00); asimismo, dichos recursos se incorporan en los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a propuesta de este último y con sujeción a la información contenida en el Listado Complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, elaborado por la Comisión Evaluadora;

Que, mediante Decreto Supremo N° 114-2016-EF se aprobaron las normas reglamentarias para la aplicación de la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, disponiéndose un plazo de sesenta (60) días calendarios contados a partir de la vigencia de dicha norma legal para la elaboración y aprobación del listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, siendo que el monto total...

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