RESOLUCION, Nº 33-GCSPE-ESSALUD-2016, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Designan a empleada pública para que realice la función de verificación en la Oficina de Aseguramiento Sucursal Tacna-RESOLUCION-Nº 33-GCSPE-ESSALUD-2016
Fecha de publicación | 25 Julio 2016 |
Fecha de disposición | 25 Julio 2016 |
594457
NORMAS LEGALES
Lunes 25 de julio de 2016
El Peruano
/
Salud, establece que el Sector Salud, está conformado
por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las
entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas
y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas
naturales que realizan actividades vinculadas a las
competencias establecidas en la presente Ley, y que
tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual
o colectiva;
Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la precitada
Ley, contemplan como función rectora del Ministerio
de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de
Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades,
Recuperación y Rehabilitación en Salud, dictar normas
y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y
supervisión de las políticas nacionales y sectoriales,
la gestión de los recursos del sector; así como para el
otorgamiento y reconocimiento de derechos, scalización,
sanción y ejecución coactiva en las materias de su
competencia;
Que, en ese contexto mediante Resolución Ministerial
598-2005/MINSA, se aprobó la Norma Técnica para la
Atención de Parto Vertical con adecuación Intercultural,
con la nalidad de mejorar el acceso de la población
andina y alto amazónica a los servicios de salud para
la atención de calidad del parto vertical con adecuación
intercultural;
Que, el artículo 71 del Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto
Supremo Nº 007-2016-SA, señala que la Dirección
General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública
es el órgano técnico responsable de dirigir y coordinar las
intervenciones estratégicas en Salud Pública en materia
de Prevención de Enfermedades No Transmisibles y
Oncológicas; Salud Mental; Prevención y Control de la
Discapacidad; Salud de los Pueblos Indígenas; Salud
Sexual y Reproductiva; así como las correspondientes
por Etapas de Vida;
Que, con el documento del visto, la Dirección General
de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, ha
propuesto la Norma Técnica de Salud para la Atención
del Parto Vertical en el Marco de los Derechos Humanos
con Pertinencia Intercultural, con la nalidad de contribuir
a la reducción de la morbilidad y mortalidad materna
perinatal, a través de la institucionalización del parto en
posición vertical, considerando las evidencias cientícas
y el enfoque de pertinencia intercultural en todas las
gestantes en el ámbito urbano, urbano marginal y rural;
Que, la Ocina General de Asesoría Jurídica, emitió
opinión legal con el Informe N° 581-2016-OGAJ/MINSA;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de
Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;
Con el visado de la Directora General de la Dirección
General de Intervenciones Estratégicas en Salud
Pública, de la Directora General de la Ocina General de
Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública, del
Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y
del Jefe del Instituto Nacional de Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto
Supremo Nº 007-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la NTS N°121-MINSA/
DGIESP-V.01: Norma Técnica de Salud para la Atención
del Parto Vertical en el Marco de los Derechos Humanos
con Pertinencia Intercultural, que forma parte integrante
de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de
Intervenciones Estratégicas en Salud Pública la difusión y
seguimiento de lo establecido en la citada Norma Técnica
de Salud.
Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
Nº 598-2005/MINSA, que aprobó la Norma Técnica para
la Atención de Parto Vertical con adecuación Intercultural.
Artículo 4.- Encargar a la Ocina General de
Comunicaciones la publicación de la presente Resolución
Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de
Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.
pe/transparencia/index.asp?op=115.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1408400-3
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Designan a empleada pública para que
realice la función de veriicación en la
Oicina de Aseguramiento Sucursal Tacna
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE
SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS
N° 33-GCSPE-ESSALUD-2016
Lima, 14 de julio de 2016
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 18 de noviembre de 2007, se publicó
en el Diario Ocial El Peruano la Ley N° 29135, Ley
que establece el porcentaje que deben pagar EsSalud
y la Ocina de Normalización Previsional (ONP) a la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
(SUNAT), por la recaudación de sus aportaciones, y
medidas para mejorar la administración de tales aportes;
Que, el artículo 1 de la referida norma faculta a EsSalud
para ejercer, de ocio, las funciones de vericación de
la condición de asegurados del Régimen Contributivo
de la Seguridad Social en Salud y de otros regímenes
administrados por EsSalud, así como de la condición de
entidades empleadoras de los trabajadores del hogar;
Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº
29135, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-TR,
establece que la función de vericación será desempeñada
por servidores públicos, ingresados por concurso público,
los cuales deberán acreditar capacitación en las labores
de scalización;
Que, con Resolución de Gerencia Central de
Aseguramiento Nº 015-GCASEG-ESSALUD-2009,
publicada en el Diario Ocial El Peruano el 11 de diciembre
de 2009, entre otros, se designó a MILAGROS MARGARITA
FERNANDEZ GUILLEN para que realice las funciones de
vericación en la Ocina de Aseguramiento Sucursal Tacna;
Que, al respecto se hace necesario dar por concluida
la designación de la citada empleada público como
vericadora;
Que, la Jefatura de la Ocina de Aseguramiento
Sucursal Tacna, mediante Carta Nº 1139-OATACNA-
ExSGSA-GAAA-GCSPE-ESSALUD-2016, propone a la
servidora MARÍA ELENA MARTÍNEZ ACHAMIZO para
desempeñar las funciones de vericador;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal m) del
artículo 139 del Texto Actualizado y Concordado del
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Social de Salud (ESSALUD), aprobado por Resolución de
Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR a la empleada pública
MARÍA ELENA MARTÍNEZ ACHAMIZO para que realice
la función de vericación en la Ocina de Aseguramiento
Sucursal Tacna.
Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la designación
de funciones de MILAGROS MARGARITA FERNANDEZ
GUILLEN como vericadora de la Ocina de
Aseguramiento Sucursal Tacna.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ocina de Apoyo
y Seguimiento las acciones para la difusión del contenido
y alcances de la presente Resolución.
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