RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 338-2016 MTC/01.03, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Renuevan plazo de concesión otorgada a la empresa Telefónica Multimedia S.A.C. para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 338-2016 MTC/01.03

Fecha de disposición23 Mayo 2016
Fecha de publicación27 Mayo 2016

Lima, 23 de mayo de 2016

VISTA, la solicitud presentada por la empresa TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A.C., con escrito de registro Nº 2012-010397, sobre la renovación total por veinte (20) años adicionales, al plazo de la concesión aprobada por Resolución Ministerial Nº 672-2008-MTC/03, por la cual se adecuaron al régimen de concesión única, las concesiones otorgadas mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 108-93-TCC/15.17 y Nº 030-96-MTC/15.17;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17 de fecha 12 de marzo de 1993, se resolvió, autorizar a la COMPAÑÍA PERUANA DE TELÉFONOS S.A. (CPTSA) a establecer el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión de Televisión por Cable, en el área de cobertura que comprende la demarcación geográfica descrita en el Anexo 1; y se aprobó el contrato de concesión para la prestación del referido servicio a suscribirse con la citada empresa. Por Resolución Ministerial Nº 283-95-MTC/15.17 del 04 de julio de 1995, se reconoció a CPT-TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A. como titular de la concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17;

Que, por Resolución Ministerial Nº 030-96-MTC/15.17 del 11 de enero de 1996, se otorgó a la empresa CPT –TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A. concesión para la explotación del Servicio de Distribución de Radiodifusión de Televisión por Cable, por el plazo de veinte (20) años, en el Área de Cobertura de las provincias de Arequipa, Cusco, Chiclayo, Santa, Huancayo, Piura y Trujillo; a su vez, se aprobó el contrato de concesión para la prestación del referido servicio a suscribirse con la citada empresa;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 191-98-MTC/15.03 del 15 de abril de 1998, se autorizó la transferencia de las concesiones del Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable otorgadas por Resolución Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17 y Resolución Ministerial Nº 030-96-MTC/15.17, a favor de Telefónica Multimedia S.A.; asumiendo ésta última las obligaciones establecidas en los respectivos contratos de concesión;

Que, a través de la Escritura Pública de fecha 22 de setiembre de 1998, se modificó los Estatutos de la empresa TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A., modificando su denominación social a TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A.C.;

Que, por Resolución Ministerial Nº 486-2001-MTC/15.03 del 18 de octubre de 2001, se amplió el área de la concesión otorgada a la empresa TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A.C. mediante Resolución Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable a los distritos de Chilca, Mala y Asia, de la provincia de Cañete, del departamento de Lima. Asimismo, se amplió el área de la concesión otorgada a la citada empresa por Resolución Ministerial Nº 030-96-MTC/15.17, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable al distrito de Lambayeque, de la provincia de Lambayeque y al distrito de La Victoria, de la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; distritos de Víctor Larco Herrera, Laredo y Huanchaco, de la provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad; distritos de José Luis Bustamante y Rivero, Socabaya, Sachaca, Jacobo Hunter y Alto Selva Alegre, de la provincia de Arequipa, del departamento de Arequipa;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 485-2006-MTC/03 de fecha 14 de junio de 2006, se amplió la prestación del servicio concedido mediante Resolución Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17 a la empresa TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A.C., a la modalidad de difusión directa por satélite; así como, se amplió el área de concesión otorgada por la citada resolución, a efectos que dicha empresa preste el servicio de distribución de radiodifusión por cable en la citada modalidad en el área que comprende el departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Asimismo, se amplió la prestación del servicio concedido mediante Resolución Ministerial Nº 030-96-MTC/15.17 a la empresa TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A.C. a la modalidad de difusión directa por satélite, así como, se amplió el área de concesión otorgada por dicha resolución a fin que la empresa preste el servicio de distribución de radiodifusión por cable en la citada modalidad en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, con excepción del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao;

Que, por Resolución Ministerial Nº 672-2008-MTC/03 del 02 de setiembre de 2008, se adecuaron las concesiones otorgadas a la empresa TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A.C., mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 108-93-TCC/15.17 y 030-96-MTC/15.17, y sus modificatorias, al régimen de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, por el plazo que resta al establecido en la Resolución Ministerial Nº 108-93-TCC/15.17. El respectivo contrato de concesión única se suscribió con fecha 24 de noviembre de 2008;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 545-2008-MTC/27 del 24 de noviembre de 2008, se dispuso inscribir en el registro de servicios públicos de telecomunicaciones, a favor de la empresa TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A.C., el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en las modalidades de cable alámbrico u óptico y difusión directa por satélite, y el servicio de telefonía fija local en la modalidad de abonados;

Que, con escrito de Visto, la empresa TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A.C. solicitó la renovación total por veinte (20) años adicionales, de la concesión única otorgada por Resolución Ministerial Nº 672-2008-MTC/03, mediante la cual se adecuaron al régimen de concesión única las concesiones otorgadas por las Resoluciones Ministeriales Nº 108-93-TCC/15.17 y Nº 030-96-MTC/15.17;

Que, el artículo 56 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria, establece que las concesiones y autorizaciones otorgadas de acuerdo a dicha Ley tendrán un plazo máximo de veinte años para los servicios públicos de telecomunicaciones, renovables, según términos establecidos en el contrato de concesión;

Que, el artículo 193 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, (en adelante, TUO del Reglamento) establece que las concesiones pueden ser renovadas al vencimiento de sus respectivos plazos de vigencia, según sus términos y condiciones; asimismo, establece que en los contratos de concesión pueden establecerse mecanismos especiales para la renovación del plazo de la concesión;

Que, el artículo 196 del TUO del Reglamento establece que para la renovación de las concesiones se aplicará el procedimiento previsto en el contrato tipo de concesión única aprobado por el Ministerio. En los casos en que el contrato de concesión establezca un procedimiento especial para su renovación, éste será el aplicable al concesionario;

Que, los contratos de concesión para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones de titularidad de la empresa TELEFÓNICA MULTIMEDIA S.A.C. (en adelante, TELEFÓNICA MULTIMEDIA) aprobados mediante Resoluciones Ministeriales Nº 108-93-TCC/15.17 y Nº 030-96-MTC/15.17, fueron adecuados al régimen de concesión única, a través de la Resolución Ministerial Nº 672-2008-MTC/03; por lo que, el procedimiento a seguir para la renovación del plazo de la concesión es el establecido en el contrato de concesión aprobado por la Resolución...

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