DECRETO SUPREMO, Nº 034-2016-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Declaran el Estado de Emergencia en once distritos de las provincias de Tambopata, Manu y Tahuamanu del departamento de Madre de Dios, por contaminación por mercurio en el marco de la Ley 29664 sobre Gestión de Riesgo de Desastres-DECRETO SUPREMO-Nº 034-2016-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República;

DECRETA:

Declárese el Estado de Emergencia en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras, y Laberinto en la provincia de Tambopata; Fitzcarrald, Manu, Madre de Dios y Huepetuhe, en la provincia de Manu; e Iñapari, Iberia y Tahuamanu, en la provincia de Tahuamanu del departamento de Madre de Dios por la contaminación por mercurio, en el marco de la Ley 29664, sobre Gestión de Riesgo de Desastres, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación orientadas a reducir los efectos dañinos causados por dicha situación.

El Gobierno Regional de Madre de Dios, los Gobiernos Locales involucrados, según corresponda, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Salud, del Ministerio del Ambiente, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Cultura, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio de la Producción y demás instituciones y organismos del Estado involucrados, dentro de sus competencias, deben ejecutar las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Los Ministerios involucrados en la Declaratoria de Estado de Emergencia, en un plazo no menor de cinco (05) días calendario contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, deben remitir al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) el Plan de Acción Sectorial de Intervención en las zonas declaradas en Estado de Emergencia, que involucre las acciones de respuesta y rehabilitación orientadas estrictamente a la atención de la situación que sustenta el presente Decreto Supremo, las mismas que corresponderán a medidas de orden estructural, y no estructural que se deriven de la necesidad de atención en las zonas declaradas en estado de emergencia.

La implementación de las acciones previstas...

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