RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 151-2016-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Establecen cuota máxima de captura permisible del recurso bacalao de profundidad para el año 2016-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 151-2016-PRODUCE

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición26 de Abril de 2016

Lima, 26 de abril de 2016

VISTOS: El Oficio Nº 196-2016-DEC-IMARPE/PRODUCE del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el Informe Nº 107-2016-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Informe Nº 00056-2016-PRODUCE/OGAJ-cmoulet de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley General de PescaDecreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, el artículo 9 de la citada Ley dispone que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, determina según el tipo de pesquerías los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos...

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