RESOLUCION, Nº 2030-2016, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan a AFP Habitat la apertura de agencia en el departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 2030-2016

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición11 de Abril de 2016

Lima, 11 de abril de 2016

El Intendente del Departamento de

Supervisión de Instituciones

Previsionales

Vistos:

La Carta s/n presentada por AFP Habitat de fecha 21 de marzo de 2016, ingresada con registro Nº 2016-19593 y el Informe Nº 39-2016-DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales.

Considerando:

Que, mediante la comunicación de vistos, AFP Habitat solicita autorización para la apertura de una agencia ubicada en el Centro Empresarial Torre Azul, Calle Las Palmeras Nº 385, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima;

Que, AFP Habitat ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la nueva agencia solicitada;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe Nº 39-2016-DSIP de fecha 07 de abril de 2016, y;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS Nº 6752-2015;

Artículo Primero...

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