DECRETO SUPREMO, Nº 005-2016-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA Y RIEGO - Decreto Supremo que rectifica el Decreto Supremo Nº 024-2015-MINAGRI que aprueba valores de retribuciones económicas a pagar por uso de agua superficial y subterránea y por el vertimiento de agua residual tratada a aplicarse en el año 2016-DECRETO SUPREMO-Nº 005-2016-MINAGRI
Emisor | AGRICULTURA Y RIEGO |
Fecha de la disposición | 14 de Abril de 2016 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6 de la Ley N° 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, establece que las leyes y normas de menor jerarquía publicadas en el Diario Oficial que contengan errores materiales deben ser objeto de rectificación mediante fe de erratas; que, de no publicarse la fe de erratas en el plazo previsto en dicha norma, la rectificación sólo procede mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior;
Que, por Decreto Supremo N° 024-2015-MINAGRI, se aprobaron los valores de las retribuciones económicas a pagar por el uso de agua superficial y subterránea y por el vertimiento de agua residual tratada a aplicarse el año 2016;
Que, la Autoridad Nacional del Agua, mediante Informe Técnico Nº 003-2016-ANA-DARH/REA, comunica que existe error en la determinación del valor de retribución económica por el uso de agua superficial con fines no agrarios a aplicarse en el año 2016, específicamente respecto a los valores aplicables a los usos poblacional, industrial y minero, contenidos en el cuadro inserto en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 024-2015-MINAGRI;
Que, de conformidad con la citada Ley N° 26889, corresponde expedirse el Decreto Supremo que disponga la rectificación del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 024-2015-MINAGRI, acorde a lo propuesto en el referido Informe Técnico, otorgándole la vigencia anticipada pertinente;
En uso de la facultad conferida por el artículo 118, numeral 8, de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, entre otros, respecto a su denominación a Ministerio de Agricultura y Riego, y la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos;
DECRETA:
Rectifícase el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 024-2015-MINAGRI, respecto a los valores aplicables a los usos poblacional, industrial y minero, en los términos siguientes:
“Artículo 2.- Valores de las retribuciones económicas por el uso de agua superficial con...
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