RESOLUCION, Nº 005-2016-SMV/01, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Disponen publicar proyecto de resolución que propone modificar el Reglamento del Fondo de Contingencia en el Portal del Mercado de Valores-RESOLUCION-Nº 005-2016-SMV/01

Fecha de disposición23 Febrero 2016
Fecha de publicación26 Febrero 2016

Lima, 23 de febrero de 2016

VISTOS:

El Expediente N° 2016004630 y el Memorándum Conjunto N° 397-2016-SMV/06/12 del 18 de febrero de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el proyecto de resolución que propone modificar el Reglamento del Fondo de Contingencia, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 629-97-EF-94.10 (en adelante, el Proyecto);

CONSIDERANDO:

Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley del Mercado de Valores, aprobada por Decreto Legislativo N° 861 (en adelante, la LMV), constituyó el Fondo de Contingencia por un plazo de cinco años, con la finalidad exclusiva de respaldar hasta el límite de dicho fondo, las obligaciones y responsabilidades que hubieran asumido los agentes de bolsa y las sociedades agentes de bolsa, derivadas de sus actividades de intermediación en el mercado de valores;

Que, mediante Resolución CONASEV N° 629-97-EF-94.10 del 9 de octubre de 1997 se aprobó el Reglamento del Fondo de Contingencia (en adelante, el Reglamento);

Que, la administración del Fondo de Contingencia de conformidad con la citada disposición transitoria de la LMV corresponde a la Bolsa de Valores de Lima y a la Superintendencia del Mercado de Valores (en ese entonces, CONASEV);

Que, en su oportunidad, el Reglamento estableció que el Comité de Administración se integraría con tres miembros, uno de la Bolsa de Valores...

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