DECRETO SUPREMO, Nº 003-2016-SA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1159, que aprueba Disposiciones para la Implementación y Desarrollo del Intercambio Prestacional en el Sector Público-DECRETO SUPREMO-Nº 003-2016-SA

Fecha de disposición31 Enero 2016
Fecha de publicación31 Enero 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación. Asimismo, es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud;

Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, dispone que el Estado promueve el aseguramiento universal y progresivo de la población para la protección de las contingencias que pueden afectar su salud y garantiza la libre elección de sistemas previsionales, sin perjuicio de un sistema obligatoriamente impuesto por el Estado para que nadie quede desprotegido;

Que, la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, tiene como objeto establecer el marco normativo del Aseguramiento Universal en Salud, a fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud, así como normar el acceso y las funciones de regulación, financiamiento, prestación y supervisión del aseguramiento, con miras a establecer un marco integrado, sistémico y coordinado, que permita el acceso a todo residente en el territorio nacional, a las prestaciones esenciales de cobertura de salud sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) en el marco del proceso de descentralización y dentro de un criterio de progresividad;

Que, el artículo 139 del Reglamento de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2010-SA, establece que el Aseguramiento Universal en Salud promueve la interacción articulada y progresiva de los agentes de financiamiento y prestación de servicios para eliminar la fragmentación, las barreras de acceso y las inequidades en salud, en la búsqueda de garantizar el derecho de toda persona al acceso pleno y progresivo al aseguramiento en salud con la mayor libertad de elección dentro de la legislación vigente;

Que, con Decreto Legislativo N° 1159, se aprueban Disposiciones para la Implementación y Desarrollo del Intercambio Prestacional en el Sector Público, estableciendo en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria la necesidad de aprobar sus normas reglamentarias, mediante Decreto Supremo;

De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, en el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1159;

DECRETA:

Artículo 1 Aprobación

Aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1159, Decreto Legislativo que aprueba las Disposiciones para la Implementación y Desarrollo del Intercambio Prestacional en el Sector Público, que consta de dos (2) capítulos, seis (6) artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias Finales, una (1) Disposición Complementaria Transitoria y una (1) Disposición Complementaria Derogatoria, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2 Publicación

El presente Decreto Supremo y el Reglamento que aprueba, serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en los portales institucionales del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe), del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe),del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3 Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Salud, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil dieciséis.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente de la República

Jakke Valakivi Álvarez

Ministro de Defensa

JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE

Ministro del Interior

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA

Ministro de Salud

Daniel Maurate Romero

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

Artículo 1 Objeto

El presente Reglamento tiene por objeto dictar las disposiciones que desarrollen los mecanismos de ejecución necesarios para el adecuado cumplimiento del Decreto Legislativo Nº 1159, que aprueba disposiciones para la Implementación y Desarrollo del Intercambio Prestacional en el Sector Público.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

Las disposiciones del presente Reglamento son aplicables...

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