RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 032-2016-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Establecen al mercado de Bangkok, Tailandia, como fuente de información para determinar el precio internacional del recurso atún, para el pago de los derechos de pesca que abonan los titulares de embarcaciones de bandera extranjera para ejercer la actividad extractiva del recurso atún en aguas jurisdiccionales del Perú-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 032-2016-PRODUCE

Fecha de disposición29 Enero 2016
Fecha de publicación30 Enero 2016
SecciónSección Única

Lima, 29 de enero de 2016

VISTOS: El Memorando N° 263-2016-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Informe Nº 020-2016-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero; el Informe N° 03-2016-PRODUCE/DEDEPA de la Dirección de Estudios y Derechos Económicos Pesquero y Acuícola y el Informe Nº 08-2016-PRODUCE/OGAJ-jhuari de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 2 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2016-PRODUCE se modificó el numeral 7.3 del artículo 7 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE estableciendo que el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera será calculado a partir de una fórmula constituida por el 8% del porcentaje del precio internacional del atún;

Que, según la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 002-2016-PRODUCE se facultó al Ministerio de la Producción a determinar dicha fuente internacional y el procedimiento para el pago de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera;

Que, la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, mediante el Informe de Vistos concluye que, teniendo presente lo informado por la Dirección de Estudios y Derechos Económicos Pesquero y Acuícola, resulta viable establecer al mercado de Bangkok, Tailandia, como fuente internacional para el pago de los derechos de pesca que abonan los titulares de permisos de pesca de embarcaciones de bandera extranjera para ejercer la actividad extractiva del recurso atún en aguas jurisdiccionales y, asimismo, que el procedimiento de pago se adecúe a los procedimientos para obtener el permiso de pesca y renovación del permiso de pesca para embarcaciones pesqueras de bandera extranjera a cargo de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, actualmente procedimientos Nºs. 18 y 19 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de la...

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