PRODUCE RESOLUCION DIRECTORAL Nº 701-2009-PRODUCE/DGEPP - Publican relaciones de embarcaciones pesqueras que participarAn en pesca exploratoria del recurso merluza RESOLUCION DIRECTORAL Nº 701-2009-PRODUCE/DGEPP

Fecha de disposición11 Septiembre 2009
Fecha de publicación11 Septiembre 2009
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 11 de setiembre de 2009
402372
Artículo 5°.- COSMOS Agencia Marítima S.A.C,
presentante legal en el Perú de la SECRETARIA
GENERAL DE PESCA MARITIMA DEL MINISTERIO DE
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION DE ESPAÑA,
deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
• Reservar acomodación a bordo para el número de
cientícos de investigación de la Dirección de Hidrografía
y Navegación del Perú.
• Presentar a la Dirección General de Extracción y
Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción
el informe nal y al Instituto del Mar del Perú además del
informe nal la información oceanográca y atmosférica
recolectada en su paso frente al Perú, en un plazo de
seis (06) meses contados a partir de la culminación de la
expedición que se autoriza, y
• Remitir al Ministerio de la Producción el Permiso
de Navegación otorgado por la Dirección General de
Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa.
Artículo 6°.- Las operaciones de investigación están
sujetas a lo dispuesto en el ordenamiento pesquero
vigente.
Artículo 7°.- Transcribas la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Capitanías y
Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en
el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción:
www.produce.gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ
Director General de Extracción y
Procesamiento Pesquero
396114-1
Publican relaciones de embarcaciones
pesqueras que participarán en pesca
exploratoria del recurso merluza
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 701-2009-PRODUCE/DGEPP
Lima, 9 de septiembre de 2009
VISTOS: los Ocios Nº DE-100-227-2009-PRODUCE/
IMP y Nº DE-100-232-2009-PRODUCE/IMP del 9 de
setiembre de 2009, del Instituto del Mar del Perú- IMARPE,
sobre la relación de embarcaciones que participarán en
la Pesca Exploratoria del Recurso Merluza y el Informe
497-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Dirección
General de Extracción y Procesamiento Pesquero del 9
de setiembre de 2009.
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 874-
2008-PRODUCE publicada en el Diario Ocial El
Peruano el 30 de diciembre de 2008, se estableció el
Régimen Provisional de Pesca del recurso merluza
(Merluccius gayi peruanus) correspondiente al año
2009, en el marco del cual se autorizó la actividad
extractiva del citado recurso desde el 01 de enero al 31
de diciembre de 2009 en el área marítima comprendida
desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y
el paralelo 06º 00’ Latitud Sur; además se jó la cuota
total de pesca del recurso merluza en 45,000 toneladas
métricas;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 196-
2009-PRODUCE, se publica la relación de índices de
participación y cuotas individuales de pesca por armador
o empresa pesquera, que cuentan con embarcaciones
arrastreras con permiso de pesca vigente y se encuentren
en estado operativo, de acuerdo al artículo 2° y 8° de la
Resolución Ministerial N° 874-2008-PRODUCE;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2009-
PRODUCE, publicada en el Diario Ocial El Peruano el
19 de agosto 2009, se estableció la veda reproductiva del
recurso merluza y se suspendió la actividad extractiva a
partir de las 00:00 del día 22 de agosto, en el área marítima
comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo
del Perú y el Paralelo 6°00’ LS;
Que, el Instituto del Mar del Perú – IMARPE mediante
el Ocio Nº DE-100-220-2009-PRODUCE/IMP del 3 de
setiembre de 2009, alcanzó el Plan de Pesca Exploratoria
de Merluza-Setiembre 2009, a realizarse en el área
marítima comprendida entre 03º 30’ LS (Puerto Pizarro)
y 07º 00’ LS (Pimentel), durante los días 10 y 11 de
setiembre de 2009, con el objetivo de evaluar el avance
del proceso reproductivo del stock parental de merluza en
la señalada área marítima con la participación de cinco
(05) embarcaciones arrastreras de Paita, con permiso de
pesca vigente y que participan en el Régimen Provisional
de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874-
2008-PRODUCE;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 377-
2009-PRODUCE, del 9 de setiembre 2009, se autorizó
al Instituto del Mar del Perú-IMARPE la ejecución de
la Pesca Exploratoria de Merluza (Merluccius gayi
peruanus) en la zona marítima comprendida entre los
03°30’ (Puerto Pizarro) y 07°00’ LS (Pimentel) entre el
10 y 11 de setiembre 2009, con la participación de cinco
(05) embarcaciones arrastreras, con permiso de pesca
vigente y que participan del Régimen Provisional de
Pesca autorizado por la Resolución Ministerial N° 874-
2008-PRODUCE;
Que, por su parte a través del Ocio N° DE-100-227-
2009-PRODUCE/IMP, del 9 de setiembre 2009, el Instituto
del Mar del Perú alcanza la relación de embarcaciones
arrastreras que participaran en la Pesca Exploratoria
del Recurso Merluza, con sus respectivas áreas.
Asimismo, con ocio N° DE-100-232-2009-PRODUCE/
IMP, el IMARPE indica la embarcación arrastrera que
participará en calidad de suplente, conforme lo establece
la Resolución Ministerial N° 377-2009-PRODUCE;
Que, estando a lo informado por la Dirección de
Consumo de la Dirección General de Extracción y
Procesamiento Pesquero mediante el Informe N° 497-
2009-PRODUCE/DGEPPDch y con la opinión favorable
del Area Legal correspondiente;
De conformidad con las disposiciones contenidas
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-
2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de
la merluza, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-
2003-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Publicar cono Anexo I, la relación de
embarcaciones arrastreras costeras y de mediana escala,
con permiso de pesca vigente y que participan en el
Régimen Provisional de Pesca de Merluza, autorizado
por la Resolución Ministerial Nº 874-2008-PRODUCE, y
se encuentran en el anexo de la Resolución Ministerial
N° 196-2009-PRODUCE, indicando las embarcaciones
seleccionadas para participar en la Pesca Exploratoria del
Recurso Merluza.
Artículo 2º.- Publicar como Anexo II, la embarcación
de mediana escala con permiso de pesca vigente y
que participará en el Régimen Provisional de Pesca del
Recurso Merluza, autorizado por la Resolución Ministerial
Nº 874-2008-PRODUCE, en calidad de suplente, por lo
que su actuación está sujeta a lo dispuesto en el artículo
3° de la presente Resolución Directoral.
Artículo 3º.- Cuando por causa de problemas
técnicos, la embarcación pesquera no pueda participar
en la Pesca Exploratoria del Recurso Merluza, el
IMARPE dispondrá la sustitución de la misma conforme
a la relación publicada como Anexo II de la presente
Resolución Directoral.
Artículo 4º.- El área de ejecución de la Pesca
Exploratoria está comprendida entre los paralelos
03°30’ LS (Puerto Pizarro) y 07°00’ LS (Pimentel) y las
operaciones pesca de las embarcaciones pesqueras
deberán desarrollarse de conformidad a las disposiciones
establecidas en la Resolución Ministerial N° 377-2009-
PRODUCE.

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