R.VM. Nº 657-2014-MTC/03 - Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en FM de diversas localidades del departamento de Huancavelica

Fecha de disposición09 Noviembre 2014
Fecha de publicación09 Noviembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Domingo 9 de noviembre de 2014 537229
de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo
Nº 020-2007-MTC y sus modicatorias, el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº
021-2007-MTC, y el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por
Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modicatorias;
y, Con la opinión favorable de la Dirección General de
Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del
Viceministro de Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a la empresa INVERSIONES
MOTUX S.A.C., concesión única para la prestación de
los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo
de veinte (20) años, en el área que comprende todo el
territorio de la República del Perú, estableciéndose
como primer servicio a prestar, el Servicio Público de
Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad
de cable alámbrico u óptico.
Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse
con la empresa INVERSIONES MOTUX S.A.C., para la
prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones,
el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Autorizar al Director General de
Concesiones en Comunicaciones para que, en
representación del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que
se aprueba en el artículo 2º de la presente resolución, así
como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a rmar
la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de
las Adendas que se suscriban al mismo.
Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto
de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita
el acto administrativo correspondiente, si el contrato de
concesión no es suscrito por la empresa INVERSIONES
MOTUX S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60)
días hábiles computados a partir de la publicación de la
presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir
previamente con el pago por derecho de concesión.
Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para conocimiento y nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1161520-1
Autorizan viaje de Inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 761-2014 MTC/02
Lima, 6 de noviembre de 2014
VISTOS:
El Informe Nº 615-2014-MTC/12.07 emitido por la
Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe
Nº 345-2014-MTC/12.07 emitido por la Dirección de
Certicaciones y Autorizaciones de la Dirección General
de Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de
servidores, funcionarios públicos o representantes del
Estado;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº
30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos
y representantes del Estado con cargo a recursos
públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen
los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica
Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para
las acciones de inspección y vigilancia de actividades
de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante
resolución del titular de la entidad;
Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es
ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil,
como dependencia especializada del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección
General de Aeronáutica Civil es responsable de la
vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas,
seguridad que comprende la actividad de chequear las
aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores
aéreos así como el material aeronáutico que emplean;
Que, la empresa Adara Aircraft S.A.C., ha presentado
ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para
ser atendida durante el mes de noviembre de 2014,
acompañando los requisitos establecidos en el marco
del Procedimiento Nº 10 correspondiente a la Dirección
General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones;
Que, asimismo, la empresa Adara Aircraft S.A.C.,
ha cumplido con el pago del derecho de tramitación
correspondiente al Procedimiento a que se reere en el
considerando anterior, ante la Ocina de Finanzas de la Ocina
General de Administración del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de
inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa
solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos;
Que, dicha solicitud ha sido calicada y aprobada por
la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado
por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del
citado Ministerio, según se desprende de las respectivas
Ordenes de Inspección y referidas en el Informe Nº 615-
2014-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica
Civil y en el Informe 345-2014-MTC/12.07 de la
Dirección de Certicaciones y Autorizaciones;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261,
Ley Nº 27619, Ley Nº 30114, el Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección
General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Luis
Enrique Távara García y Carlos Humberto Garay Vera,
Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica
Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
que se efectuará del 10 al 15 de noviembre de 2014
a la ciudad de Dallas, Estados Unidos de América,
de acuerdo con el detalle consignado en el anexo
que forma parte integrante de la presente resolución,
sustentado en el Informe Nº 615-2014-MTC/12.07 de la
Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº
345-2014-MTC/12.07 de la Dirección de Certicaciones
y Autorizaciones.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado
precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la
empresa Adara Aircraft S.A.C., a través de los Recibos de
Acotación que se detallan en el anexo que forma parte
integrante de la presente resolución, abonados a la Ocina
de Finanzas de la Ocina General de Administración del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo
la asignación por concepto de viáticos.
Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10 del Decreto Supremo 047-2002-PCM, los
Inspectores mencionados en la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un
informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ocina
General de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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