DECRETO SUPREMO, Nº 001-2016-DE, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Decreto Supremo que modifica diversos artículos del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG-DECRETO SUPREMO-Nº 001-2016-DE

Fecha de disposición24 Enero 2016
Fecha de publicación24 Enero 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2009-DE/SG se modificó el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, el mismo que es de aplicación obligatoria a todos los órganos componentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa;

Que, atendiendo a consideraciones de Políticas de Estado relacionadas con la Segundad y Defensa Nacional, resulta necesario incluir dentro de la modalidad de viajes denominada “Comisión Especial en el Exterior”, la designación de Funcionarios Civiles del Sector Defensa que hayan ocupado cargos de la Alta Dirección, en las Representaciones Permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley 27619, Ley que regula (a autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa.

DECRETA:

Artículo 1 Modificación de los artículos 17,18,19 y 20 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, modificado por Decreto Supremo N9 004-2009-DE/SG

Modifícanse los artículos 17,18, 19 y 20 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, modificado por el Decreto Supremo N2 004-2009-DE/SG, en los siguientes términos:

(...)

Artículo 17.- Designación.

Cuando resulte de interés institucional y en atención a consideraciones de Política de Estado relacionadas con la Seguridad y Defensa Nacional, se podrá designar en Comisión Especial en el Exterior, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, a los funcionarios civiles que hayan desempeñado cargos en la Alta Dirección y al Personal Militar en Actividad o Retiro del Sector Defensa, para el desempeño de funciones en Representaciones...

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