DECRETO DE ALCALDIA, Nº 012-2015-MDSL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS - Actualizan el TUPA de la Municipalidad en lo que corresponde a los porcentajes de la UIT-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 012-2015-MDSL

Fecha de disposición29 Diciembre 2015
Fecha de publicación16 Enero 2016

San Luis, 29 de diciembre del 2015

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

VISTO:

El Informe N° 109-2015-MDSL-GPPI, de fecha 30 de noviembre de 2015 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, Informe Legal N° 388-2015-MDSL-GAL.

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo expresa el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la constitución política establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 103-2010-MDSL se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis, ratificado por Acuerdo de Concejo Provincial N° 186-2010 MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, aprueba el formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);

Que, de conformidad con los dispuesto en los artículos 2°, 3° y 5°del Decreto Supremo N°062-2009-PCM, las entidades de la administración pública comprendidos en el artículo 1° del título preliminar de la ley n° 27444, se encuentra obligadas a adecuar su respectivo TUPA, al formato aprobado mediante el artículo 1° del referido decreto supremo;

Que, según el artículo 4° del Decreto Supremo N°062-2009-PCM, precisa que la modificación del valor de la UIT no implica la modificación automática del monto de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA; asimismo, señala que las entidades a través del funcionario responsable de ingresar y publicar la información del TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, así como en el Portal Web Institucional, deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación...

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