ORDENANZA.Nº 19-2015/MDV y Acuerdo Nº 116-2015.Régimen tributario de los Arbitrios, recolección de residuos sólidos, barrido de calles y vías públicas, parques y jardines públicos y serenazgo para el año 2016.MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO ACUERDO DE CONCEJO Nº 116-2015 ORDENANZA Nº 19-2015/MDV RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, BARRIDO DE CALLES Y VÍAS PÚBL... -

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 1 de Enero de 2016
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
ACUERDO DE CONCEJO Nº 116-2015
ORDENANZA Nº 19-2015/MDV
RÉGIMEN TRIBUTARIO
DE LOS ARBITRIOS, RECOLECCIÓN
DE RESIDUOS SÓLIDOS, BARRIDO DE
CALLES Y VÍAS PÚBLICAS, PARQUES Y
JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO
PARA EL AÑO 2016
Viernes 1 de enero de 2016
AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN
1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
573952 NORMAS LEGALES Viernes 1 de enero de 2016 /
El Peruano
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 116-2015
Callao, 29 de diciembre de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO0 victo el dictamen Nº 064-2015-MPC/CMPC-SR-COAD
de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME del Cuerpo
de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades
27972 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40 tercer párrafo señala que las ordenanzas
en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati cadas por las municipalidades
provinciales de su circunscripción para su vigencia:
Que, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014 del 26 de agosto del 2014 aprueba el procedimiento de rati cación de
ordenanzas distritales en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao, en su artículo 7 numeral 7.5, en la
que señala los requisitos aplicables a la rati cación de ordenanzas que aprueban municipales, procedimiento de
jación de Indice de Precios al Consumidor-IPC;
Que, mediante el O cio Nº 2453-2015/MDV-GLySM la Municipalidad Distrital de Ventanilla remite la Ordenanza
Municipal Nº 19-2015-MDV del 14 de octubre del 2015 que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios
Municipales, Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Vías Públicas, Parques y Jardines y
Serenazgo para el ejercicio 2016 y la documentación que sustenta la solicitud de rati cación al amparo de lo
Que, el presente Acuerdo cuenta como antecedentes con el informe Nº 171-2015-MPC-GGATR de la Gerencia
General de Administración Tributaria y Rentas que remite el Informe Nº 2228-2015-PMC-GGATR-GAT de la
Gerencia de Administración Tributaria que formula observación respecto a la Ordenanza Municipal Nº 19-2015-
MDV del 14 de octubre de 2015, del Informe Técnico Financiero e Información sustentatoria, para su subsanación;
Que, con O cio Nº 2992-2015/MDV-GLySM la Gerencia Legal y Secretaría Municipal, remite copia certi cada
del informe Nº 499-2015/MDV-GRM-SGAT por el cual la Sub Gerencia de Administración Tributaria efectúa las
aclaraciones con la nalidad de subsanar las observaciones formuladas mediante Informe Nº 2228-2015-MPC-
GGATR-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial del Callao;
Que, mediante Informe Nº 189-2015-MPC/GGATR la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas,
remite el Informe Nº 2380-2015-MPC-GGATR-GAT, opinando favorablemente a la solicitud de rati cación de
la Ordenanza Municipal Nº 19-2015-MDV del 14 de octubre del 2015 remitida por la Municipalidad Distrital
de Ventanilla y el Memorando Nº 1132-2015-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y
Conciliación, que opina que resulta procedente rati car la citada Ordenanza;
Estando a lo expuesto y de acuerdo a los dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo
Municipal Provincial del Callao;
ACUERDA:
1. Rati car la Ordenanza Municipal Nº 19-2015-MDV de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, que aprueba el
Régimen Tributario de los Arbitrios, Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Vías Públicas, Parques
y Jardines Públicos y Serenazgo, para el ejercicio 2016.
2. Remitir copia certi cada del presente acuerdo a la Municipalidad Distrital para su publicación.
3. Dispensar al presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
573953
NORMAS LEGALES
Viernes 1 de enero de 2016
El Peruano
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ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 19-2015/MDV
Ventanilla, 14 de octubre de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de14 de octubre de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Ventanilla ejerce su función normativa a través de Ordenanzas las cuales
tienen rango de Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Constitución y de la Norma IV del Título
Preliminar del Código Tributario.
Que, el inciso 8) del artículo 9o de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del
Concejo Municipal las de aprobar, modi car las Ordenanzas y dejar sin efecto sus Acuerdos. Asimismo el inciso 9) del
mismo artículo establece que son atribuciones del Concejo crear, modi car y suprimir las contribuciones, tasas, arbitrios,
licencias y derechos conforme a Ley.
Que, el Artículo 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº156-
2004-EF, establece que las Municipalidades pueden imponer entre otras tasas, las de Arbitrios, que son aquellas que se
pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente.
Que, el Artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo
Nº156-2004-EF, establece que los reajustes que incrementen las tasas por servicios públicos o arbitrios, durante
el ejercicio fiscal, debido a variaciones de costos, en ningún caso pueden exceder el porcentaje de variación
del índice de Precios al Consumidor que al efecto precisa el Instituto Nacional de Estadística e Informática,
aplicándose de la siguiente manera: a) El índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana se aplica
a las tasas de servicios públicos o arbitrios, para el departamento de Lima, Lima Metropolitana y la Provincia
Constitucional del Callao.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia
tributaria expedidas por las municipalidades distritales, deben ser rati cadas por la Municipalidad Provincial, lo que
para la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao se encuentra establecido en las Ordenanzas Nº 019-2014-
MPC.
Que, estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9o de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, y contando
con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores presentes, el Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS,
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, BARRIDO DE CALLES Y VÍAS PÚBLICAS, PARQUES
Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO PARA EL AÑO 2016, EN EL DISTRITO DE VENTANILLA
ARTÍCULO 1.- MARCO LEGAL APLICABLE
Aplicase para el ejercicio 2016 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 017-2014-MDV, rati cada mediante Acuerdo de Concejo
Nº 124-2014, de la Municipalidad Provincial del Callao, normas publicadas en el diario O cial El “Peruano”” el 31 de
diciembre del 2014
ARTÍCULO 2.- DETERMINACIÓN DEL COSTO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES
Para el ejercicio 2016 se aplicarán los costos y las tasas establecidas por los Servicios de Limpieza Pública (Recolección
de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Servicio de Serenazgo; establecidos en la Ordenanza
Nº 17-2014, reajustados con la variación del Índice de Precios al Consumidor acumulado el mes de agosto de 2015 para
Lima Metropolitana, que llego al 3.40 % de conformidad a la Resolución Jefatural No. 324-2015-INEI, publicada el 1 de
setiembre del 2015,
ARTÍCULO 3.- APROBACIÓN DEL INFORME TÉCNICO
Apruébase el Informe Técnico que sustenta los Costos y las Tasas reajustadas con el IPC correspondientes a los
Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Vías Públicas, Mantenimiento de
Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, así como la Estimación de Ingresos por concepto de la prestación de los
referidos Servicios Municipales, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza, denominado Anexo

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