LEY, Nº 30401, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que prorroga el plazo legal para el beneficio del reintegro tributario instaurado en el artículo 48 del Decreto Supremo 055-99-EF, y establecido en la Ley 29647-LEY-Nº 30401

Fecha de disposición27 Diciembre 2015
Fecha de publicación27 Diciembre 2015
SecciónSección Única

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo único Prórroga de plazo legal

Prorrógase hasta el 31 de diciembre del año 2018 el beneficio del reintegro tributario señalado en el artículo 48 del Decreto Supremo 055-99-EF, Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, a los comerciantes de la región selva, y establecido en la Ley 29647, Ley que Prorroga el Plazo Legal y Restituye Beneficios Tributarios en el Departamento de Loreto, modificada por la Ley 29964.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil quince.

LUIS IBERICO NÚÑEZ

Presidente del Congreso de la República

NATALIE CONDORI JAHUIRA

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis...

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