DECRETO DE ALCALDIA, Nº 012, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Suspenden ejecución de obras en propiedad privada y en vía pública, en diversos sectores

Fecha de disposición13 Noviembre 2015
Fecha de publicación14 Noviembre 2015

Lima, 13 de noviembre de 2015

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

Visto, el Memorando Nº 507-2015-MML-GDU del 3 de noviembre de 2015, de la Gerencia de Desarrollo Urbano;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece, que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, entre las atribuciones del Alcalde, establecidas en el numeral 30 del artículo 20º y el numeral 8.2 del artículo 161º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se encuentra la de presidir el Comité Provincial de Defensa Civil, correspondiéndole en el ámbito metropolitano, desarrollar conjuntamente con el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, el Plan Metropolitano de Contingencia para la prevención y atención de situaciones de emergencia y desastre;

Que, el artículo 79º numerales 3.2 y 3.6.2 de la Ley Nº 27972, prevé como funciones específicas de los gobiernos locales, autorizar y fiscalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas; asimismo normar, regular, otorgar autorizaciones y realizar la fiscalización de la construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de edificación;

Que, el artículo 7º de la Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones, Ley Nº 29090, define a las licencias de edificaciones, como actos administrativos mediante los cuales las municipalidades otorgan autorización para la ejecución de obras de habilitación urbana o de edificación; asimismo, el artículo 11º de la referida norma, establece que la vigencia de las licencias de edificación sólo puede ser interrumpida por...

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