RESOLUCION N° 2419-2014-JNE - Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Capachica, provincia y departamento de Puno

Fecha de disposición22 Octubre 2014
Fecha de publicación22 Octubre 2014
El Peruano
Miércoles 22 de octubre de 2014
535634
Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce
VISTO el Of‌i cio Nº 238-2014-MDC-ALC, presentado el 25
de agosto de 2014 por Rodrigo Merino Astudillo, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Casitas, provincia de Contralmirante
Villar, departamento de Tumbes, comunicando la licencia,
concedida al regidor Manuel Roberto Peña Silva.
CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley
Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no
pueden ser candidatos en las elecciones municipales los
trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así
como de los organismos y empresas del Estado y de las
Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber,
hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción
de candidatos; la misma que gozará de ef‌i cacia a partir
del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales
antes de la fecha de elecciones.
2. Esta disposición también es de aplicación para
el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser
candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014,
toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado
Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-
JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades
son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos
mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia
conforme se expresa en el precedente considerando.
3. Con fecha 30 de junio de 2014 (fojas 02), el regidor
Manuel Roberto Peña Silva, con motivo de su participación
en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud
de licencia, siendo ésta concedida mediante el Acuerdo
de Concejo Nº 032-2014/MDC-SG, de fecha 24 de julio de
2014 (fojas 03), por el periodo comprendido entre el 5 de
setiembre y el 5 de octubre de 2014.
4. En el caso en concreto, se aprecia que el regidor
Manuel Roberto Peña Silva, presentó su solicitud de
licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada
por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las
disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-
JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo
con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley
convocar a Haydee Saldarriaga Barba, identif‌i cada con
Documento Nacional de Identidad Nº 40496879, candidata
no proclamada del movimiento regional Nueva Alternativa,
conforme a la información remitida por el Jurado Electoral
Especial de Tumbes, con motivo de las Elecciones
Regionales y Municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial
otorgada a Manuel Roberto Peña Silva, regidor del
Concejo Distrital de Casitas, provincia de Contralmirante
Villar, departamento de Tumbes, mientras esté vigente la
licencia concedida.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Haydee Saldarriaga
Barba, identif‌i cada con Documento Nacional de Identidad
Nº 40496879, para que asuma provisionalmente el cargo
de regidora del Concejo Distrital de Casitas, provincia de
Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, mientras
esté vigente la licencia concedida a Manuel Roberto Peña
Silva, otorgándosele la correspondiente credencial que la
faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1153331-10
Convocan a ciudadanos para que
asuman cargos de alcalde y regidora de
la Municipalidad Distrital de Capachica,
provincia y departamento de Puno
RESOLUCIÓN Nº 2419-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-02544
CAPACHICA - PUNO - PUNO
Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce
VISTO el Of‌i cio Nº 010-MDC-SG, presentado el 20 de
agosto de 2014 por Leoncio Adrián Suaña Cahui, secretario
general de la Municipalidad Distrital de Capachica,
provincia y departamento de Puno, comunicando la
licencia, sin goce de haber, concedida al alcalde Javier
Domingo Ari Paucar.
CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la
que no pueden ser candidatos en las elecciones
municipales los trabajadores y funcionarios de los
poderes públicos, así como de los organismos y
empresas del Estado y de las Municipalidades, si no
solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio
de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos;
la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de
setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes
de la fecha de elecciones.
2. Esta disposición también es de aplicación para
el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser
candidatos en las Elecciones Municipales del año
2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno
del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº
0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas
autoridades son consideradas funcionarios públicos por
ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben
solicitar licencia conforme se expresa en el precedente
considerando.
3. Con fecha 3 de julio de 2014 (fojas 02), el alcalde
Javier Domingo Ari Paucar, con motivo de su participación
en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud
de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida
mediante el Acuerdo de Concejo Nº 016-2014-MDC/A, de
fecha 18 de agosto de 2014 (fojas 02 y 03), por el periodo
comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de
2014.
4. Teniendo en consideración que el alcalde Javier
Domingo Ari Paucar, presentó su solicitud de licencia
dentro del plazo previsto, la misma que fue aprobada por el
concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones
establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, procede
convocar al primer regidor Fredy Durán Yucra, identif‌i cado
con Documento Nacional de Identidad Nº 01321993, para
que asuma inmediatamente por encargatura las funciones
de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a
su titular.
5. Asimismo, para completar el número de
regidores, de acuerdo con lo establecido en el
numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, resulta procedente
convocar a Ruth Zenaida Mamani Tupa, identif‌i cada
con Documento Nacional de Identidad Nº 45393473,
candidata no proclamada de la alianza electoral Gran
Alianza Nacionalista - Popular - Poder Democrático
Regional, conforme a la información remitida por el
Jurado Electoral Especial de Puno, con motivo de las
Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial
otorgada a Javier Domingo Ari Paucar, alcalde de
la Municipalidad Distrital de Capachica, provincia y
departamento de Puno, con motivo de las Elecciones
Regionales de 2014, por el periodo de la licencia
concedida.

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