RESOLUCION N° 2432-2014-JNE - Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes.

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2014
El Peruano
Domingo 19 de octubre de 2014 535211
Convocan a ciudadano para que asuma
provisionalmente el cargo de regidor
del Concejo Provincial de Zarumilla,
departamento de Tumbes
RESOLUCIÓN Nº 2432-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-02690
ZARUMILLA - TUMBES
Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce.
VISTO el Oficio Nº 240-2014-MPZ-ALC, presentado
el 3 de setiembre de 2014 por Edmundo Dilthey Romero
Da Silva, alcalde de la Municipalidad Provincial de
Zarumilla, departamento de Tumbes, comunicando la
licencia, concedida al regidor Elgar Elibrando Arizola
Zapata.
CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la
que no pueden ser candidatos en las elecciones
municipales los trabajadores y funcionarios de los
poderes públicos, así como de los organismos y
empresas del Estado y de las Municipalidades, si no
solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio
de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos;
la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de
setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes
de la fecha de elecciones.
2. Esta disposición también es de aplicación para
el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser
candidatos en las Elecciones Municipales del año
2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno
del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución
Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014,
estas autoridades son consideradas funcionarios
públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo
que deben solicitar licencia conforme se expresa en el
precedente considerando.
3. Con fecha 4 de julio de 2014 (fojas 02), el regidor Elgar
Elibrando Arizola Zapata, con motivo de su participación
en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud
de licencia, siendo esta concedida mediante el Acuerdo
de Concejo Nº 103-2014-CM-MPZ, de fecha 15 de julio
de 2014 (fojas 02 y 03), por 30 días naturales ef‌i caces a
partir del 5 de setiembre de 2014.
4. En el presente caso se aprecia que el regidor
Elgar Elibrando Arizola Zapata, presentó su solicitud
de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta
aprobada por el concejo municipal, por lo que en
cumplimiento de las disposiciones establecidas en
la Resolución Nº 0140-2014-JNE, para completar el
número de regidores, de acuerdo con lo establecido en
el numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a
Alex Emigdio Alama Silva, identificado con Documento
Nacional de Identidad Nº 43782376, candidato no
proclamado de la organización local Zarumilla Rumbo
al Cambio, conforme a la información remitida por
el Jurado Electoral Especial de Tumbes, con motivo
de las Elecciones Regionales y Municipales del año
2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la
credencial otorgada a Elgar Elibrando Arizola
Zapata, regidor del Concejo Provincial de Zarumilla,
departamento de Tumbes, mientras esté vigente la
licencia concedida.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Alex Emigdio
Alama Silva, identif‌i cado con Documento Nacional de
Identidad Nº 43782376, para que asuma provisionalmente
el cargo de regidor del Concejo Provincial de Zarumilla,
departamento de Tumbes, mientras esté vigente la
licencia concedida a Elgar Elibrando Arizola Zapata,
otorgándosele la correspondiente credencial que lo
faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1152137-12
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos
constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme
a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las
Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes
a la publicación original. En caso contrario, la rectif‌i cación sólo procederá mediante la expedición de otra
norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar
debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice”
y a continuación la versión rectif‌i cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de
existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a
rectif‌i carse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser
remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR