RESOLUCION DE ALCALDIA N° 217-2014/MDSMP - Declaran de oficio la aprobación de habilitación urbana de inmueble constituido por parcela sobre la cual se localiza la Urbanización Brisas de Santa Rosa, ubicado en el distrito

Fecha de publicación11 Octubre 2014
Fecha de disposición11 Octubre 2014
El Peruano
Sábado 11 de octubre de 2014 534551
para lograr un desarrollo equitativo y con igualdad en el
departamento.
Que, el Programa Regional de Población 2013-2017,
es un instrumento de gestión que tiene como propósito
contribuir al desarrollo de la población fortaleciendo
sus capacidades y mejorando las oportunidades de
desarrollo integral, en busca de implementar los objetivos
y resultados planteados en el Plan Nacional de Población
de manera descentralizada.
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado
de 1993, modif‌i cada por Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
- Ley Nº 27680, concordante con la Ley Nº 27867 Ley
gobiernos regionales tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la
Constitución Política del Estado, con lo establecido en la
modif‌i catorias y en uso de las atribuciones conferidas por
y sus modif‌i catorias y contando con opinión legal
favorable.
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
Artículo Primero.- APROBAR el Programa Regional
de Población Tumbes 2013-2017, como instrumento de
gestión que tiene como propósito contribuir al desarrollo de
la población fortaleciendo sus capacidades y mejorando
las oportunidades de desarrollo integral, en busca de
implementar los objetivos y resultados planteados en el
Plan Nacional de Población de manera descentralizada,
documento que forma parte de la presente ordenanza
regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
General Regional en coordinación con la Gerencia
Regional de Desarrollo Social, la implementación del
Programa Regional de Población Tumbes 2013-2017.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación
conforme a lo establecido en el Artículo 42º de la Ley Nº
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Tumbes para su promulgación.
En Tumbes a los 10 días del mes de Junio del dos mil
catorce.
MARCO ANTONIO SAYÁN GIANELLA
Consejero Delegado
POR TANTO
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el
ORLANDO LA CHIRA PASACHE
Presidente Regional (e)
1147844-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de oficio la aprobación de
habilitación urbana de inmueble
constituido por parcela sobre la cual
se localiza la Urbanización Brisas de
Santa Rosa, ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 217-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 22 de setiembre del 2014
LA TENIENTE ALCALDESA DEL DISTRITO DE
SAN MARTÍN DE PORRES
VISTO: El informe Nº 437-2014-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de
Habilitación Urbana de Of‌i cio de predio; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Visto, la Gerencia de Desarrollo
Urbano solicita la aprobación de la Habilitación Urbana
de Of‌i cio del terreno constituido por la Parcela 10253 del
ex Fundo Santa Rosa que, según la Ficha Registral Nº
300668 y su continuación en la Partida Electrónica Nº
43710222 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima,
se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción, y sobre el
cual se ha constituido la Urbanización Brisas de Santa
Rosa, cuya área es de 49,700.00 m²;
Que, mediante Informe Nº 1200-2014-SGCHU-GDU-
MDSMP la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas señala que, haciendo suyo el contenido del
Informe Nº 015-2014-YSV-CONSTRUCCAD SAC,
se indica que el terreno referido en el considerando
precedente se encuentra totalmente consolidada con más
del 90% del total del área útil, contando con edif‌i caciones
y servicios públicos domiciliarios; por lo que cumple con
las condiciones para que se declare habilitado de of‌i cio,
acorde con lo establecido en la Ley Nº 29898, que modif‌i ca
la Ley Nº 29090 – de Regulación de Habilitaciones Urbanas
y de Edif‌i caciones que establece el procedimiento de
Habilitación Urbana de Of‌i cio y el Decreto Supremo Nº
Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario
of‌i cial El Peruano el 14.MAYO.2007, aprueba el Reajuste
Integral de la Zonif‌i cación de los Usos del Suelo de los
distritos de San Martín de Porres, Independencia, Comas
y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac, que
son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de
Lima Metropolitana, conforme al Plano de Zonif‌i cación de
los Usos del Suelo; y calif‌i ca al terreno materia de trámite
con zonif‌i cación: Zonif‌i cación Residencial de Densidad
Media – RDM; y, de acuerdo al Plano del Sistema Vial
Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 341-
MML (06.DICIEMBRE.2001), respecto a las vías locales,
se tiene que sobre el terreno se propone la continuidad
de las vías colindantes que han def‌i nido los derechos de
vías existentes, así como su conexión con la Av. Canta
Callao vía expresa (E-04) de sección normativa 60.00 m.
y Av. Dominicos vía arterial (A-56) de sección normativa
44.00 m.; y las vías locales propuestas se denominan:
Pasaje 1, 2 y 3 con una sección A-A variable de 5.40 a
5.80 m., Calle 2, Calle 7 y calle 8 con una sección B-B
de 11.20 m.; Calle 3, Calle 6 y Calle 9 con una sección
C-C de 11.40 m. Calle 1, cumpliendo los módulos con lo
dispuesto en el Reglamento Nacional de Edif‌i caciones; y
respecto a los aportes reglamentarios, en aplicación a lo
establecido en el artículo 40º, numeral 40.3 del Decreto
Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, las habilitaciones
urbanas declaradas de of‌i cio no se encuentran sujetas
a los aportes de la Habilitación Urbana; sin embargo, la
urbanización ha dejado un área de 336.22 m2 de Aporte
destinado a Recreación Publica, por lo que la propuesta
resulta Conforme;
Que, el Informe Nº 1368-2014-GAJ/MDSMP de la
Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente
tramite cumple con las disposiciones establecidas para
el procedimiento de Habilitación Urbana de Of‌i cio,
incorporado a la Ley Nº 29090 mediante Ley Nº 29898 y
se emita la respectiva resolución de alcaldía;
Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de
Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano;
De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de
la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090
- de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones,
su modif‌i catoria Ley Nº 29898, y su Reglamento aprobado
las facultades conferidas mediante Resolución de Alcaldía Nº
211-2014/MDSMP (19.SETIEMBRE.2014);
RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la
aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un
área de 49,700.00 m², terreno constituido por la Parcela

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