ORDENANZA N° 008-2014-MDB-CDB - Aprueban Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos Municipales del distrito

Fecha de disposición17 Mayo 2014
Fecha de publicación17 Mayo 2014
El Peruano
Sábado 17 de mayo de 2014 523469
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del
concejo municipal;
Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al
concejo municipal y en uso de las atribuciones conferidas
al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º de la ley Nº
SE DECRETA:
Artículo 1º.- DÉJESE SIN EFECTO el Decreto
de Alcaldía Nº 173-72 que cede el parque Nº 3 de la
urbanización San Miguelito ubicado en la manzana C del
pasaje San Miguelito con frente a la Gran Unidad Escolar
Bartolomé Herrera, cuadra 4 de la calle Jorge Castro
Harrison, denominado Complejo Deportivo Maracaná,
a la Asociación de Propietarios de la urbanización San
Miguelito.
Artículo 2º.- RESTITÚYASE el uso, goce, disposición
y administración del parque Nº 3 de la urbanización San
Miguelito ubicado en la manzana C del pasaje San Miguelito
con frente a la Gran Unidad Escolar Bartolomé Herrera,
cuadra 4 de la calle Jorge Castro Harrison, denominado
Complejo Deportivo Maracaná, a la Municipalidad Distrital
de San Miguel, conforme a su naturaleza de bien de
dominio público con todos los atributos inherentes a su
condición.
Artículo 3º.- PUBLICAR el decreto de alcaldía
aprobado en el diario of‌i cial El Peruano, así como en el
portal institucional de la Municipalidad Distrital de San
Miguel www.munisanmiguel.gob.pe.
Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo
Humano, Gerencia de Administración y Finanzas,
Subgerencia de Cultura y Deporte y Subgerencia de
Control Patrimonial el cabal cumplimiento del presente
decreto.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
1083953-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
BELLAVISTA
Aprueban Plan de Gestión y Manejo
de Residuos Sólidos Municipales del
distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 008-2014-MDB-CDB
Bellavista, 30 de abril del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BELLAVISTA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha,
CONSIDERANDO:
su artículo 194, que las Municipalidades Provinciales
y Distritales son los órganos de gobierno local y gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el numeral 8) del artículo 195 de la Carta
Magna señala que las Municipalidades son competentes
para desarrollar y regular actividades en materia medio
ambiental;
Que, el numeral 3.1) del artículo 73 de la Ley 27972,
materia de protección y conservación del ambiente, las
municipalidades son competentes para formular, aprobar,
ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en
materia ambiental, en concordancia con las políticas,
normas y planes regionales, sectoriales y nacionales;
Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 057-2004-
PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley General
de Residuos Sólidos, señala que la municipalidad tanto
provincial como distrital es responsable de la gestión y
manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de
aquellas similares a estos originados por otras actividades;
se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de
metas de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora
de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014;
Que, el Instructivo publicado por el Ministerio del
Ambiente (MINAM), referido a la Meta 10, consistente en
implementar un programa de segregación en la fuente
y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios
en un 20% de viviendas urbanas del distrito, establece
en el numeral 3.1, del anexo 1, la necesidad de aprobar
mediante Ordenanza Municipal el Plan de Manejo de
Residuos Sólidos;
Que, mediante Informe Nº 24-2014-GSCMA, de fecha
24 de abril del 2014, la Gerencia de Servicios a la Ciudad
y Medio Ambiente adjunta el Plan de Gestión y Manejo de
Residuos Sólidos Municipales del Distrito de Bellavista;
Que, estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica, mediante Informe Nº 087-2014-MDB-GAJ; de fecha
24 de abril del 2014, quien se pronuncia favorablemente por
la viabilidad del referido proyecto de ordenanza;
Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso
de las facultades conferidas por el numeral 8 el artículo 9 y
con el voto unánime de los señores regidores asistentes a la
Sesión de Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN
DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS
MUNICIPALES DEL DISTRITO DE BELLAVISTA
Artículo 1º.- APROBAR el Plan de Gestión y Manejo
de Residuos Sólidos Municipales del Distrito de Bellavista,
el mismo que forma parte integrante de la presente
ordenanza con sus respectivos anexos.
Artículo 2º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de
Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente para que se
efectúen las acciones que permitan, la interpretación y
ejecución del Plan de Gestión y el Manejo de Residuos
Sólidos en el Distrito de Bellavista.
Artículo 3º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Servicios
a la Ciudad y Medio Ambiente el cumplimiento, y a la Sub
Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente
Ordenanza y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística
la Publicación del Plan en la Web Institucional.
Artículo 4º.- FACÚLTESE al señor Alcalde, para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
necesarias para la adecuada aplicación de la presente
Ordenanza, así como también para establecer la prórroga
de la misma, de ser el caso.
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Encárguese a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente,
Sub Gerencia de Protección Ambiental, Sub Gerencia
de Maestranza Limpieza Pública el cumplimiento de lo
dispuesto en la presente Ordenanza Municipal.
Segunda.- Encárguese a la Secretaría General la
publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario
Of‌i cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional
su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
IVAN RIVADENEYRA MEDINA
Alcalde
1083577-1

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