DECRETO SUPREMO N° 110-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del Jurado Nacional de Elecciones

Fecha de disposición16 Mayo 2014
Fecha de publicación16 Mayo 2014
El Peruano
Viernes 16 de mayo de 2014
523316
Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización
para el ingreso de personal militar de la República
Federativa de Brasil, sin armas de guerra;
Que, con Of‌i cio G. 500- 1894 del 12 de mayo de 2013,
el Secretario del Comandante General de la Marina por
encargo del Comandante General de la Marina, emite
opinión favorable para el ingreso al país del personal
militar de la República Federativa de Brasil;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio
de la República, del 16 al 23 de mayo de 2014, con la
f‌i nalidad de intercambiar experiencias profesionales con
personal de la Marina de Guerra del Perú;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos
para la Autorización y consentimiento para el ingreso
de tropas extranjeras en el territorio de la República,
modif‌i cado por el artículo único de la Ley Nº 28899,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la conf‌i anza, actividades de
asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con
personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar
visitas de coordinación o protocolares con autoridades
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los motivos,
la relación del personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del
Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modif‌i cada
por la Ley Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, al personal militar de la
República Federativa de Brasil detallado a continuación,
del 16 al 23 de mayo de 2014, con la f‌i nalidad de
intercambiar experiencias profesionales con personal de
la Marina de Guerra del Perú.
1. Almirante de Escuadra Julio Soares DE MOURA Neto
2. Capitán de Navío Antonio CARLOS Cambra
3. Capitán de Fragata Bruno Vieira DOS SANTOS Almeida
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cada
por Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1083793-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014 a favor del Jurado
Nacional de Elecciones
DECRETO SUPREMO
Nº 110-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, se ha aprobado,
entre otros, el presupuesto institucional del pliego 031
Jurado Nacional de Elecciones;
Que, el artículo 4 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones
Regionales, modif‌i cado por el artículo 2 de la Ley N°
29470, dispone que las elecciones regionales se realizan
junto con las elecciones municipales el primer domingo
del mes de octubre, por lo que, este año corresponde
llevar a cabo dichas elecciones el domingo 05 de octubre
de 2014;
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el 24 de enero de
2014, el Poder Ejecutivo convocó a Elecciones Regionales
y Municipales para elegir presidentes, vicepresidentes
y consejeros del consejo regional de los gobiernos
regionales de los departamentos de toda la República
y de la Provincia Constitucional del Callao, y Alcaldes y
Regidores de los Consejos Provinciales y Distritales de
toda la República, para el día domingo 5 de octubre del
año 2014;
Que, mediante Of‌i cios Nºs. 0028 y 0225-2014-P/JNE
el Jurado Nacional de Elecciones solicita una demanda
adicional de recursos por la suma de TREINTA Y DOS
MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32 000 000,00)
para atender las siguientes actividades: a) reforzamiento
de los noventa y seis (96) Jurados Electorales Especiales,
b) funcionamiento de las Of‌i cinas Registrales, c)
funcionamiento de la Central de Operaciones del JNE, y
d) Fortalecimiento de los Programas de Educación Cívica
Electoral;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado
de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N°
304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto
del Sector Público consideran una Reserva de
Contingencia que constituye un crédito suplementario
global, destinada a f‌i nanciar los gastos que por su
naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en
los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que
las transferencias o habilitaciones que se efectúen
con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan
mediante decreto supremo refrendado por el Ministro
de Economía y Finanzas;
Que, los recursos para las acciones antes descritas
no han sido previstos en el presupuesto institucional
del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones,
en consecuencia, resulta necesario autorizar una
transferencia de partidas, hasta por la suma de
TREINTA Y DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 32 000 000,00), con cargo a los recursos
previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio
de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a
favor del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, hasta
por la suma de TREINTA Y DOS MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 32 000 000,00), para atender
los gastos que demanden las acciones descritas en la
parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al
siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA :
Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y
Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector
Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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