ACUERDO N° 53-2014-CR/GRM - Aprueban donación dineraria efectuada a favor del Gobierno Regional

Fecha de publicación16 Mayo 2014
Fecha de disposición16 Mayo 2014
El Peruano
Viernes 16 de mayo de 2014 523359
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE MOQUEGUA
Aprueban donación dineraria efectuada
a favor del Gobierno Regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 53-2014-CR /GRM
Fecha: 30 de abril del 2014
VISTOS:
En Sesión extraordinaria Nº 05, realizada el día
miércoles 30 de abril del 2014 y el Dictamen Nº 005-2014-
CO/COPPOT-GRM, presentado por la Comisión Ordinaria
de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial
para aprobar la donación dineraria de EUR 27,500.00
(VEINTISIETE MIL QUINIENTOS y 00/100 EUROS), que
MICROSOL SARL hace a favor del Gobierno Regional
Moquegua; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 191º de la Constitución
Política del Perú, reformado con la Ley Nº 28607, y
lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua
es persona jurídica de derecho público, con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, constituyendo para su administración
económica y f‌i nanciera un Pliego Presupuestal;
con jurisdicción en el ámbito de la circunscripción
del Departamento de Moquegua, siendo su titular y
representante legal el Presidente Regional;
Que, el Gobierno Regional Moquegua y MICROSOL
SARL, el 10 de junio del 2010, suscriben el Convenio
Marco de Cooperación Inter Institucional con el objeto de
def‌i nir los términos de la colaboración entre las partes,
en los proyectos de difusión de El Gobierno Regional
que serán exclusivamente valorizados por MICROSOL
durante el plazo del convenio. Así como de propiciar
el nivel más óptimo de colaboración e intercambio de
experiencias entre las partes, producto del cual se da la
venta de Bonos de Carbono generados por la actividad de
difusión y valorización de las cocinas mejoradas;
Que, mediante la Carta, recepcionada el 21 de marzo
del 2014, el Gerente General de Microsol Perú SAC, hace
conocer que como resultado del ciclo de verif‌i cación dentro
del marco del programa Qori Q’oncha, los proyectos de
cocinas mejoradas que implementa el Gobierno Regional
han generado un total de 6,587 bonos de carbono.
Habiéndose vendido a la fecha 3,715 bonos de carbono,
en un precio de EUR 11.00 Euros cada bono, lo que
representa un monto de EUR 27,500.00 Euros para la
Entidad de acuerdo al precio de transferencia establecido
en el Convenio y su primera addenda, los mismos que
deben ser destinados por la Gerencia Regional de
Desarrollo Social para seguimiento, mantenimiento,
actividades de sostenibilidad y difusión del proyecto de
Cocinas Mejoradas, durante el plazo de un año contados
a partir de la recepción del dinero correspondiente a los
bonos de carbono, periodo del cual se emitirá el informe
anual de utilización de los bonos de carbono debiendo ser
enviado a MICROSOL;
Que, con Informe Nº 119-2014-GRDS/GR.MOQ, la
Gerencia Regional de Desarrollo Social hace conocer
que en cumplimiento del Convenio aludido, el monto
generado producto de la venta de bonos de carbono
debe ingresar al Gobierno Regional bajo la modalidad de
donación; esto debido a que en el Anexo 3 del Convenio
en mención se señala que el “... pago se realizará
mediante una transferencia internacional de dinero, e
ingresará al Gobierno Regional bajo la modalidad de
donación o transferencia”. A cuyo efecto con Informe Nº
478-2014-SGPH-GRPPAT/G.R.MOQ la Sub Gerencia
de Presupuesto y Hacienda emite la opinión técnica
presupuestaria y con Informe Técnico Legal Nº 005-
2014-DRAJ/GR.MOQ, la Dirección Regional de Asesoría
jurídica emite su conformidad y viabilidad jurídica para la
aprobación de la donación;
Que, según el artículo 2º de la Ley Nº 30114, Ley
del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, los recursos que f‌i nancian el presupuesto del
Sector Público para el año f‌i scal 2014, se estima, entre
otras, por la fuente de f‌i nanciamiento “Donaciones y
Transferencias”;
Que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 69º del TUO
de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº
304-2012- EF, las donaciones dinerarias provenientes
de instituciones nacionales o internacionales, públicas o
privadas, deben ser aprobadas por Acuerdo del Consejo
Regional, debiendo ser publicadas aquellas que superan
las 5 UIT en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Por estas consideraciones, en uso de las facultades
concedidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales; el TUO de la Ley Nº 28411 Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto; en mérito al
análisis y debate del Dictamen presentado por la Comisión
Ordinaria de Planeamiento , Presupuesto y Ordenamiento
Territorial; el Consejo Regional de Moquegua en sesión
extraordinaria del 30 de abril del presente, con el voto
unánime de sus miembros y con dispensa del trámite de
aprobación del acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR la donación de
EUR.27,500.00 (VEINTISIETE MIL QUINIENTOS Y
00/100 EUROS), que MICROSOL SARL hace a favor
del Gobierno Regional Moquegua, producto de la venta
de los bonos de carbono, en cumplimiento del Convenio
Marco de Cooperación Interinstitucional suscrito entre
el Gobierno Regional Moquegua y MICROSOL SARL,
para ser destinados para seguimiento, mantenimiento,
actividades de sostenibilidad y difusión del proyecto de
Cocinas Mejoradas, durante el plazo de un año contados
a partir de la recepción del dinero; periodo durante el cual
la Gerencia encargada hará el informe anual de utilización
de los bonos de carbono, debiendo remitir un ejemplar
a MICROSOL, dicho monto deberá ser convertido en
moneda nacional al momento del depósito.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Titular del
Pliego para que tramite la apertura de la cuenta bancaria
correspondiente y formalice la aceptación de la donación
mediante Resolución Ejecutiva Regional.
Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo en
el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal del Gobierno
Regional. REMITIENDO copia del mismo a Presidencia
Regional, Dirección General de Presupuesto Público,
Consejo Regional, Gerencia General Regional y demás
instancias comprendidas pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GINA ALICIA VALDIVIA VÉLEZ.
Consejera Delegada
Consejo Regional Moquegua
1083605-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Eliminan el procedimiento “Calificación
- Autorización de Espectáculos Públicos
No Deportivos” en el rubro Gerencia de
Cultura del TUPA de la Municipalidad
Metropolitana de Lima
DECRETO DE ALCALDÍA N° 003
Lima, 8 de mayo de 2014

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