Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala Civil Transitoria de 10 de Mayo de 2000 (Expediente: 000856-2000)

Corte en Segunda InstanciaCORTE SUPERIOR DE APURIMAC
Fecha10 Mayo 2000
EmisorSala Civil Transitoria (Corte Suprema de Perú)
Número de expediente000856-2000
MateriaFAMILIA

CAS. 856-00

APURIMAC

Lima, diez de mayo del

dos mil.-

VISTOS; Y ATENDIENDO:

Primero

Que,

doña E.M.A. recurre en casación denunciando la

interpretación en-ónea de una norma de derecho material;

Segundo

Expresa

que se ha interpretado erróneamente el artículo noventidós del Código de los

Niños y Adolescentes que establece, que los padres que no ejerzan la patria

potestad tienen derecho a visitar a sus hijos pues la de vista establece en

forma injusta e inhuma que solo vea a su hija un día domingo de cada mes,

lo que quebranta el vinculo materno - filial entre la recurrente y la hija, a quien

se le causa un grave e irreparabie daño en su formación;

Tercero

Que, la

fundamentación del recurso satisface adecuadamente el requisito de fondo

consignado en el acápite dos punto uno, iciso segundo, del artículo

trescientos ochentiocho del Código Procesal Civil así como los demás

requisitos de forma y fondo, por lo que Declararon PROCEDENTE el recurso el

recurso de casación interpuesto a fojas ciento treinticinco, contra la sentencia

de vista de fojas ciento tíentiuno, su fecha dieciséis de marzo del presente

año; en los seguidos por E.M.A. con O. de la Vega

Morales, sobre Régimen de V. en consecuencia DESIGNESE

oportunamente para la vista de la causa.-

S.S.

URRELLO ALVAREZ

SANCHEZ PALACIOS PAIVA

ROMAN SANTISTEBAN

ECHEVARRIA ADRIANZEN

DEZA PORTUGAL

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