RESOLUCION N° 2650-2013-MP-FN - Dan por concluidos designaciones y nombramientos, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales

Fecha de publicación06 Septiembre 2013
Fecha de disposición06 Septiembre 2013
El Peruano
Viernes 6 de setiembre de 2013
502416
elegir a veintidós autoridades municipales del Concejo
Provincial de Lima, para completar el periodo de gobierno
municipal 2011-2014.
2. Con fecha 1 de agosto de 2013, para efectos de
realizar la f‌i scalización del padrón electoral a utilizar en el
presente proceso, el Registro Nacional de Identif‌i cación
y Estado Civil (en adelante Reniec) remitió, con el Of‌i cio
Nº 001467-2013/SGEN/RENIEC, la lista del padrón
inicial de ciudadanos de los 43 distritos que conforman la
provincia de Lima, en el departamento de Lima, lista sobre
la cual este órgano colegiado, a través de la Dirección
Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (en
adelante DNFPE), llevó a cabo un trabajo de campo de
f‌i scalización.
3. El 26 de agosto de 2013, con el Of‌i cio Nº 001556-
2013/SGEN/RENIEC, el Reniec remite el padrón electoral,
en el cual, conforme se desprende del Informe Nº 025-
2013-AGAD-DNFPE/JNE de la DNFPE, al ser contrastado
con la lista del padrón inicial de ciudadanos, se detectó:
i) Treinta y nueve ciudadanos fallecidos que f‌i guran
como electores hábiles.
ii) Treinta y un pares de ciudadanos que muestran
datos idénticos referidos al primer apellido, segundo
apellido, prenombres, fecha de nacimiento, nombre de
padre y/o nombre de la madre.
Estas observaciones fueron puestas en conocimiento
del Reniec el 29 de agosto de 2013, por medio del Of‌i cio
Nº 923-2013-DCGI/JNE, para que proceda conforme a
sus atribuciones.
4. Con el Of‌i cio Nº 001598-2013/SGEN/RENIEC, el
Reniec comunica las acciones que ha realizado a raíz de
las observaciones formuladas, las mismas que, según el
Informe Nº 027-2013-AGAD-DNFPE/JNE, de la DNFPE,
han sido levantadas, concluyendo el citado informe con el
hecho de que el padrón electoral se encuentra expedito
para su aprobación por parte del Pleno.
CONSIDERANDOS
Aspectos generales
5. El padrón electoral es la relación de ciudadanos
hábiles que pueden ejercer su derecho de voto. Como
tal, este documento se elabora sobre la base del registro
único de identif‌i cación de ciudadanos, y es mantenido y
actualizado por el Reniec. El padrón electoral, en todo
proceso electoral, se cierra 120 días antes de la fecha de
las elecciones, conforme a lo previsto en el artículo 1 de
Es competencia del Jurado Nacional de Elecciones,
entre otras, f‌i scalizar la legalidad de la elaboración de
los padrones electorales, luego de su actualización y
depuración f‌i nal previa a cada elección, a tenor de lo
dispuesto en los artículos 176 y 178 de la Constitución
Política del Perú, con el f‌i n de asegurar que las votaciones
traduzcan la expresión auténtica de los ciudadanos.
El artículo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de
Elecciones, establece que el Reniec remite el padrón
electoral actualizado al Jurado Nacional de Elecciones,
con noventa días de anticipación a la fecha de los
comicios, para su aprobación, por este órgano colegiado,
dentro de los diez días siguientes de su recepción.
Resultados de la labor de f‌i scalización del padrón
electoral
6. La DNFPE, mediante el Informe Nº 027-2013-MEVP-
DNFPE/JNE, comunica que las observaciones remitidas
al Reniec, con Of‌i cio Nº 923-2013-DCGI/JNE, han sido
levantadas; por consiguiente, corresponde a este órgano
colegiado proceder a su aprobación en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 201 de la Ley Nº 26859, Ley
Orgánica de Elecciones.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, bajo la Presidencia del doctor Baldomero
Elías Ayvar Carrasco por ausencia del Presidente titular,
en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR el uso del padrón
electoral elaborado y remitido por el Registro Nacional
de Identif‌i cación y Estado Civil, para el proceso de
Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad
Metropolitana de Lima, cuyo acto electoral se llevará a
cabo el 24 de noviembre de 2013, que cuenta con 6 490
150 electores de la provincia de Lima, departamento de
Lima.
Artículo Segundo.- REMITIR a la Of‌i cina Nacional de
Procesos Electorales los medios técnicos entregados por
el Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, que
contiene el padrón electoral aprobado.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la
presente resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el
portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
AYVAR CARRASCO
PEREIRA RIVAROLA
CORNEJO GUERRERO
VELARDE URDANIVIA
Samaniego Monzón
Secretario General
984437-6
MINISTERIO PUBLICO
Dan por concluidos designaciones
y nombramientos, designan y
nombran fiscales en diversos Distritos
Judiciales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 2649 -2013-MP-FN
Lima, 5 de setiembre del 2013
VISTA: La Resolución del Consejo Nacional de la
Magistratura Nº 307-2012-CNM;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución del Consejo Nacional de
la Magistratura Nº 307-2012-CNM, de fecha 23 de octubre
del 2012, se nombra Fiscales Adjuntos Superiores y
Fiscales Provinciales Titulares en el Distrito Judicial de
Tumbes;
Que, en el ejercicio de las facultades conferidas por
del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación
del doctor SEGUNDO MOISES ALARCON SOPLAPUCO,
Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de
Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Tumbes, materia de la Resolución
de la Fiscalía de la Nación Nº 2494-2013-MP-FN de fecha
23 de agosto del 2013.
Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor JUAN
CARLOS MUÑOZ ALCA, Fiscal Provincial Titular Penal
(Corporativo) de Tumbes, Distrito Judicial de Tumbes,
en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Tumbes.
Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor SEGUNDO
MOISES ALARCON SOPLAPUCO, Fiscal Provincial
Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, en el Despacho
de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del
Distrito Judicial de Tumbes.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia del Consejo Nacional de la
Magistratura, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Judicial de Tumbes, Gerencia

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