RESOLUCION SUPREMA N° 007-2013-MINAM - Designan vocales titulares del Tribunal de Solución de Controversias Ambientales del Ministerio del Ambiente

Fecha de publicación04 Septiembre 2013
Fecha de disposición04 Septiembre 2013
El Peruano
Miércoles 4 de setiembre de 2013
502190
contener el pedido expreso del informe fundamentado,
adjuntando copia de la denuncia y sus anexos, otros
actuados e información relevante para que la autoridad
administrativa ambiental cuente con la información y
documentación necesaria para la emisión de su informe.
5.2. El informe fundamentado deberá ser elaborado y
remitido al Fiscal por la autoridad administrativa ambiental
competente, dentro de un plazo no mayor a treinta (30)
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
recepción del citado of‌i cio.
5.3. De ser necesario, la autoridad ambiental
administrativa competente podrá solicitar información
adicional al Fiscal a cargo de la investigación penal, a
efectos de dar cumplimiento a lo solicitado, sin exceder
el plazo previsto.
5.4. La autoridad ambiental administrativa competente
deberá remitir copia del informe fundamentado al
Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales,
para los f‌i nes de la defensa jurídica del Estado en el marco
de sus funciones y competencias.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES Y TRANSITORIAS
PRIMERA.- Facultad del Juez para solicitar
Informes Fundamentados
El juez está facultado para solicitar el informe
fundamentado a la autoridad administrativa ambiental
competente únicamente en los lugares donde se
encuentre vigente el Código de Procedimientos Penales
del año 1940, lo que ocurrirá hasta la vigencia del
Código Procesal Penal del año 2004 en el distrito judicial
correspondiente, oportunidad en la cual, únicamente, el
Fiscal estará facultado a solicitar dicho informe.
SEGUNDA.- Solicitudes en trámite
Las solicitudes de elaboración de informe
fundamentado que actualmente se encuentren en trámite
por las autoridades administrativas ambientales deberán
adecuarse a lo dispuesto en el artículo 4° del presente
Reglamento.
983466-1
Designan vocales titulares del
Tribunal de Solución de Controversias
Ambientales del Ministerio del
Ambiente
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 007-2013-MINAM
Lima, 3 de setiembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 13.1 del artículo 13° del Decreto
Legislativo N° 1013 – Ley de Creación, Organización y
Funciones del Ministerio del Ambiente, establece que el
Tribunal de Solución de Controversias Ambientales, es el
órgano encargado de resolver los conf‌l ictos de competencia
en materia ambiental y la última instancia administrativa
respecto de los procedimientos administrativos que se
precisan en el reglamento de la presente ley;
Que, el artículo 5° del Decreto Supremo N° 015-2011-
MINAM, modif‌i cado por Decreto Supremo N° 005-2012-
MINAM, que aprueba el Reglamento Interno del Tribunal
de Solución de Controversias Ambientales del Ministerio del
Ambiente, establece que el Tribunal estará conformado, entre
otros integrantes, por cuatro (4) vocales que serán designados
entre los elegidos mediante concurso público de méritos;
Que, el artículo 6° del citado Reglamento señala que la
designación de los vocales será efectuada por Resolución
Suprema refrendada por el Ministro del Ambiente, como
resultado de un concurso público de méritos que garantice
la independencia e idoneidad de los miembros del Tribunal
por el período de tres (3) años, renovables por un período
similar; siendo que en el desempeño de sus funciones los
vocales del Tribunal de Solución de Controversias están
sujetos a las responsabilidades propias de la función
pública;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 313-2012-
MINAM, modif‌i cada por Resolución Ministerial N° 331-
2012-MINAM, se conformó la Comisión Evaluadora
encargada de conducir el Concurso Público de Méritos
para la selección de cuatro (4) vocales titulares y un (1)
vocal suplente del Tribunal de Solución de Controversias
Ambientales del Ministerio del Ambiente;
Que, la citada Comisión Evaluadora ha culminado con el
encargo efectuado y ha elevado al Ministro del Ambiente su
Informe Final, con la relación de los cuatro (4) postulantes
seleccionados en la Convocatoria del Concurso Público
de Méritos para la selección de los vocales del Tribunal de
Solución de Controversias Ambientales del Ministerio del
Ambiente; culminado así con el encargo encomendado
mediante la Resolución Ministerial N° 313-2012-MINAM,
modif‌i cada por Resolución Ministerial N° 331-2012-MINAM;
Que, en ese sentido, resulta necesario designar
a los vocales que integrarán el Tribunal de Solución
de Controversias Ambientales del Ministerio del
Ambiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1013,
Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 015-2011-MINAM,
modif‌i cado por Decreto Supremo N° 005-2012-MINAM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar en el cargo de vocales titulares
del Tribunal Solución de Controversias Ambientales del
Ministerio del Ambiente – MINAM, a los profesionales que
se detallan a continuación:
1. Aldana Durán, Martha Inés
2. Casado Piñeiro, Manuel
3. Salvatierra Combina, Rolando
4. Rosell Medina, Mónica Roxana
Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro del Ambiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA
Ministro del Ambiente
983466-4
Designan representantes del
Ministerio ante la Comisión
Multisectorial permanente encargada
de la implementación, seguimiento
y evaluación del Plan Nacional de
Población 2010-2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 254-2013-MINAM
Lima, 2 de setiembre de 2013
Visto, el Informe Nº 242-2013-OPP-SG/MINAM, de
fecha 22 de agosto de 2013 de la Directora de la Of‌i cina
de Planeamiento y Presupuesto; y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
publicado el 22 de julio de 2010, se aprobó el Plan Nacional
de Población 2010 - 2014, constituyéndose la Comisión
Multisectorial Permanente encargada de la implementación,
seguimiento y evaluación del mencionado Plan Nacional;
Que, de acuerdo a los artículos 2º y 3º del citado
Decreto Supremo, la Comisión Multisectorial Permanente
está conformada, entre otros, por un representante del
Ministerio del Ambiente – MINAM; cuya designación se
formalizará mediante Resolución Ministerial;

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