ORDENANZA N° 266/ML - Establecen beneficios tributarios y no tributarios e incentivos de pago a favor de contribuyentes del distrito

Fecha de publicación04 Septiembre 2013
Fecha de disposición04 Septiembre 2013
El Peruano
Miércoles 4 de setiembre de 2013
502238
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 444-2013-ALC/MLV
La Victoria,
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA
VICTORIA
VISTOS; el Informe Nº 014-2013-CECPM/MLV del 19
de agosto de 2013 de la Comisión Evaluadora del Concurso
Público de Méritos para seleccionar dos Auxiliares Coactivos
para la Gerencia de Servicios de Administración, acompañado
de los Informes Nº 004-2013-CECPM/MLV al 013-2013-
CECPM/MLV de la referida comisión; el Memorándum
Nº 231-2013-SGTYA-GADEI/MDLV del 12 de agosto de
2013 de la Subgerencia de Trámite y Archivo; las Actas de la
Comisión Evaluadora antes mencionada; el Proveído Nº 1667
del 19 de agosto de 2013 de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley
de Procedimiento de Ejecución Coactiva, estableciendo
en su artículo 7º numeral 7.1) que “la designación del
Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante
concurso público de méritos” (sic). Asimismo, el numeral
7.2) del citado artículo estipula que “tanto el Ejecutor como
el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la
cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo
y dedicación exclusiva” (sic);
Que, en mérito a lo expuesto se conformó la Comisión
Evaluadora del Concurso Público de Méritos para designar
a dos (2) Auxiliares Coactivos para la Subgerencia de
Ejecución Coactiva de la Municipalidad de La Victoria,
mediante Resolución de Alcaldía Nº 340-2013-ALC/
MLV de fecha 1 de julio de 2013, encargándose a dicha
Comisión la elaboración de las bases del concurso en el
plazo de diez (10) días;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
9º numeral 32) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, mediante Acuerdo de Concejo Nº 053-2013/
MLV de fecha 18 de julio de 2013 se aprobaron las Bases
del Concurso Público de Méritos, anteriormente indicado;
por lo que la Comisión Evaluadora procedió a realizar la
convocatoria y demás acciones correspondientes;
Que, mediante Informe Nº 014-2013-CECPM/MLV de
vistos, la Comisión Evaluadora comunicó la culminación
satisfactoria del referido concurso, de conformidad con la
normativa vigente sobre la materia, informando a su vez que
resultaron como ganadoras del mismo, las abogadas Gudelia
Maria Asalde Dominguez y Evelyn Karen Lopez Mariluz,
para lo cual han remitido las actas e informes de vistos en
los que se detalla la ejecución del proceso realizado;
Que, la Ley Nº 27204 precisa que el Auxiliar Coactivo
es un funcionario nombrado o contratado según el régimen
laboral de la Entidad a la cual representan, estableciendo
que su designación no implica que dicho cargo sea de
conf‌i anza;
Estando a las normas legales glosadas, a las
consideraciones expuestas y a los informes de vistos, y en
uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º numeral
RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar como Auxiliar Coactivo de la
Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de
La Victoria, a la abogada Evelyn Karen Lopez Mariluz, quien
ingresa a la entidad como funcionaria, por lo que tendrá el
nivel remunerativo y benef‌i cios que por ley le corresponden.
Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente
resolución a la Gerencia de Administración y a la
Subgerencia de Recursos Humanos, de acuerdo a sus
atribuciones y competencias.
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el portal
institucional www.munilavictoria.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C.
Alcalde
982945-1
MUNICIPALIDAD DE LURIN
Establecen beneficios tributarios y no
tributarios e incentivos de pago a favor
de contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 266/ML
Lurín, 29 de agosto de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURÍN
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Lurín, visto en
Sesión Ordinaria de fecha 28.08.13, el informe Nº 395-
2013-GR/ML de la Gerencia de Rentas, referido a la
aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que
establece Benef‌i cios Tributarios y No Tributarios e
Incentivos de Pago, y;
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma
Constitucional, establece que las Municipalidades gozan
de potestad tributaria para crear, modif‌i car y suprimir
contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de
su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, dentro
de su jurisdicción.
Que, los numerales 1) y 2) del artículo 69º de la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 señala que
son rentas municipales los tributos creados por ley a su
favor, contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas
y derechos, los cuales son creados por su Consejo
Municipal y que constituyen sus ingresos propios.
Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario
establece en la norma IV del Título Preliminar, concordante
con su Artículo 41º, que los Gobiernos Locales, mediante
Ordenanza, pueden crear, modif‌i car y suprimir sus
contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar
de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que
señala la Ley, así como podrán condonar con carácter
general el interés moratorio y otras sanciones respecto de
los tributos que administran.
Que, es facultad de la Administración Tributaria,
conceder fraccionamiento para el pago de la deuda
tributaria en casos particulares, acorde con lo normado en
Que, atendiendo a la difícil situación económica por
la que atraviesa el país y por consiguiente los vecinos
del distrito, es de imperiosa necesidad la actuación de
la Municipalidad Distrital de Lurín para atenuar dicha
situación otorgando benef‌i cios tributarios y no tributarios
a los contribuyentes del distrito a f‌i n de coadyuvar a que
éstos puedan regularizar su situación y cumplan con
regularizar el pago de sus obligaciones tributarias y no
tributarias además de aminorar los efectos de la crisis
económica.
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con
lo establecido en los Artículos 9º numeral 8), 39º y 40º
contando con el VOTO UNANIME de los señores regidores
presentes, el Concejo Municipal aprobó, la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE
BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y
NO TRIBUTARIOS E INCENTIVOS DE PAGO
Artículo Primero.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
La presente ordenanza es de aplicación para todos los
contribuyentes cuyos predios están destinados al uso de
Casa habitación. Los benef‌i cios no tributarios establecidos
en la presente se extenderán a todos los contribuyentes
cuyos predios se encuentren dentro de la jurisdicción del
distrito de Lurín.
Artículo Segundo.- PLAZO DE VIGENCIA
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del
día siguiente de su publicación hasta el 15 de setiembre
de 2013.

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