Sentencia nº 000922-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 1 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente004-2008/CAM-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia
RESOLUCIÓN 0922-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 004-2008/CAM-I NDECOPI-PIU
M-SDC-02/1D
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS DE LA OFICINA REGIONAL
DEL INDECOPI EN PIURA
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN DE VIVANDERAS – COMERCIANTES
DE ABARROTES Y DE SERVICIOS MÚLTIPLES DEL
EXTERIOR DEL MERCADO DE PIURA
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
ACTIVIDAD : ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
SUMILLA: Se revoca la Resolución 834-2008/INDECOPI-PIU del 11 de
diciembre de 2008 y se declara que la prohibición de consumo y venta de
bebidas alcohólicas en el Sector Vivanderas del Complejo de Mercados de
Piura, no constituye una barrera burocrática ilegal ni irrazonable.
Se trata de una medida de restricción aplicada a una zona específica en la
que se ha detectado una aguda problemática de seguridad ciudadana, esto
es, el Complejo de Mercados de Piura, en que frente a la existencia de un
interés público que lo justifica, la Municipalidad ha dispuesto la prohibición
del consumo y venta de alcohol sólo en la zona del problema.
Lima, 1 de septiembre de 2009
I. ANTECEDENTES
1. El 25 de junio de 2008, la Asociación de Vivanderas – Comerciantes de
Abarrotes y de Servicios Múltiples del Exterior del Mercado de Piura (en
adelante, la Asociación) denunció ante la Comisión de Eliminación de Barreras
Burocráticas de la Oficina Regional del Indecopi en Piura (en adelante, la
Comisión) a la Municipalidad Provincial de Piura (en adelante, la
Municipalidad), por la prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas
en el Sector Vivanderas del Complejo de Mercados de Piura. Al respecto,
señaló lo siguiente:
i) El Sector Vivanderas ha estado exceptuado de la prohibición cuestionada
por mérito de la Ordenanza 003-2003-C/CPP. La excepción fue dejada sin
efecto mediante Ordenanza 013-2007-C/PP.
ii) La prohibición de consumo de alcohol tiene como objetivo impedir la venta
de licores que acompañan las comidas, tales como cerveza, vino e incluso
chicha norteña, por lo que si bien no se prohíbe directamente la venta de
licores, la medida cuestionada le afecta indirectamente. Ello además
porque se han establecido sanciones para los locales que expendan
bebidas alcohólicas para su consumo dentro del Completo de Mercados
de Piura.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR