Sentencia nº 000698-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 26 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente398992-2009/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0698-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 398992-2009
Incidente
1-16
SOLICITANTE : COMPAÑÍA UNIVERSAL TEXTIL S.A.
INSPECCIONADO : IGNACIO MEZA PEZO
Apelación de medidas cautelares fuera del procedimiento
Lima, veintiséis de marzo de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de setiembre de 2009, Compañía Universal Textil S.A. (Perú)
solicitó que se dicten contra Ignacio Meza Pezo las siguientes medidas
cautelares fuera del procedimiento: i) el cese de comercialización de los
productos materia de la solicitud y; ii) el comiso de los productos. Manifestó lo
siguiente:
(i) Es titular de las marcas de producto UNIVERSAL TEXTIL S.A.
(Certificados Nº 23554 y Nº 10887), UT y logotipo (Certificados Nº 23710
y Nº 80793), FIGURA PARALELOGRAMO (Certificados Nº 19391 y Nº
83782), POLYSTEL (Certificados Nº 95217 y Nº 95216), UT (Certificados
Nº 19824 y Nº 77646), POLYSTEL y logotipo (Certificados Nº 35768 y Nº
93018), para distinguir productos de las clases 24 y 25 de la
Nomenclatura Oficial.
(ii) Asimismo, es titular del lema comercial POLYSTEL EL TEJIDO
FORMIDABLE (Certificados Nº 464 y 2265), en las clases 24 y 25 de la
Nomenclatura Oficial.
(iii) Ha tomado conocimiento que Ignacio Meza Pezo produce y/o
comercializa prendas de vestir a las cuales adhiere etiquetas impresas en
tela en las que coloca los referidos signos distintivos, registrados a su
favor, lo que atenta contra su prestigio y los derechos que ostenta.
(iv) Si bien es cierto en algunas prendas comercializadas por Ignacio Meza
Pezo se puede distinguir una etiqueta en la cual se consigna el logotipo
que éste utiliza para identificar sus productos, además se incluye la frase
EL TEJIDO FORMIDABLE, registrada a su favor como parte de su lema
comercial POLYSTEL EL TEJIDO FORMIDABLE, inscrito bajo
Certificados 464 y Nº 2265; cuya titularidad ostenta, lo que induce a
error al consumidor.
(v) La infracción a sus derechos de Propiedad Industrial en la que ha
incurrido e incurre Ignacio Meza Pezo, podría devenir en irreparable, en
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0698-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 398992-2009
Incidente
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caso de que no se adopten en forma inmediata las acciones
correspondientes para salvaguardar los mismos.
(vi) El 3 de agosto de 2009, envió a sus colaboradores al establecimiento
comercial de Ignacio Meza Pezo, en donde adquirieron un pantalón que
lleva adherida una etiqueta estampada sobre tela, en la que se incluye los
signos distintivos registrados a su favor, el mismo que fue analizado por
los expertos de su empresa, determinando que las características de la
fibra y el título y torsión del hilado no corresponden a tejidos producidos
por su empresa, hecho que la perjudica pues será asociada a una
situación de informalidad o falsificación, afectándose la percepción de la
calidad de sus productos por parte del público consumidor.
(vii) De comprobarse la comisión de la infracción, se verificaría además que
Ignacio Meza Pezo se estaría aprovechando no sólo de la distintividad
obtenida por su marca POLYSTEL, sino que además comercializaría sus
productos con signos que pertenecen a su empresa.
Solicitó que se realice una visita inspectiva en el local de Ignacio Meza Pezo y
adjuntó medios probatorios destinados a sustentar sus afirmaciones.
Mediante Resolución de fecha 30 de octubre de 2009, la Comisión de Signos
Distintivos:
- Tuvo por presentadas las solicitudes de inspección y de medidas cautelares
fuera del procedimiento formuladas por Compañía Universal Textil S.A.
contra Ignacio Meza Pezo
- Dispuso que se practique una diligencia de inspección en el local de Ignacio
Meza Pezo, a fin de verificar los hechos afirmados por la solicitante.
- Dictó las siguientes medidas cautelares:
- Cese de uso, por parte del inspeccionado, de los signos descritos en el
primer párrafo del punto 1 (ANTECEDENTES) de la referida
resolución1, usados en forma aislada o conjuntamente con otros
1“ 1. ANTECEDENTES:
Mediante escri tos de fecha 9 y 11 de setiembre de 2009, así como 5 de octubre de 2009 COMPAÑÍA
UNIVERSAL TEXTIL S.A. (en adelante, la solicitante) pidió medidas cautelares fuera del procedimiento
contra IGNACIO MEZA PEZO (en adelante, el investigado), con domicilio ubicado en Prolongación
Gamarra 627, interior 201, stand 8, Galería Estrella, L a Victoria, Lima, por el presunto uso indebido de
signos distintivos, sobre la base de los Certificados Nºs (i) 23554, que protege la marca constituida por la
denominación UNIVERSAL TEXTIL S.A., (ii) 95217, que protege la marca cons tituida por la denominación
POLYSTEL, (iii) 35768, que protege la marca constituida por la denominación POLYSTEL EN LETRAS
CARACTERÍSTICAS DENTRO DE UN PARALELOGRAMO, (iv) 19391, que protege la marca constituida
por la FIGURA DE PARALELOGRAMO; (v) 19824, que protege la marca constituida por la denominación
UT y (vi) 23710, que protege la marca conformada por EL LOGOTIPO UT DENTRO DE UN RECUADRO,
todas inscritas para distinguir productos de la clase 24 de la Clasificación Internacional. Igualmente, la
solicitante basa su solicitud de medida cautelar fuera del procedimiento, en los ce rtificados Nºs (i) 10887,

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