Sentencia nº 000737-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Julio de 2009

Fecha de Resolución21 de Julio de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente99-2006/CCO-INDECOPI-04-02
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 737-2009/SC1-I NDECOPI
EXPEDIENTE 99-2006/CCO-I NDECOPI-04-02
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : CLOTH & FASHION TRADING S.A.C. – EN
LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : ADMINISTRADORA PRIVADA DE FONDOS DE
PENSIONES INTEGRA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
FUERO DE ATRACCIÓN
CRÉDITOS COMPRENDIDOS EN EL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP
SUMILLA: se confirma la Resolución 8048-2008/CCO-INDECOPI del 10 de
septiembre de 2008, emitida por la Comisión de Procedimientos
Concursales, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por Administradora Privada de
Fondos de Pensiones Integra por los aportes previsionales impagos
devengados en el periodo de noviembre de 2007, debido a que la entidad
previsional no ha cumplido con presentar la liquidación para cobranza
calculada hasta el 19 de noviembre de 2007, fecha en la que se produjo la
designación de oficio de la entidad liquidadora.
Lima, 21 de julio de 2009
ANTECEDENTES
1. El 12 de junio de 2006, la Comisión de Procedimientos Concursales (en
adelante, la Comisión) publicó la disolución y liquidación de Cloth & Fashion
Trading S.A.C. (en adelante, Cloth & Fashion) en el Diario Oficial “El Peruano”.
2. Mediante Resolución 11463-2007/CCO-INDECOPI del 19 de noviembre de
2007, la Comisión designó, de oficio, a Administradores Corporativos S.A.C.
(en adelante, Administradores Corporativos) como entidad liquidadora de la
concursada.
3. El 22 de abril de 2008, Administradora Privada de Fondos de Pensiones
Integra (en adelante, AFP Integra) solicitó la ampliación del reconocimiento de
créditos frente a Cloth & Fashion, ascendentes a S/. 20 588,05 por capital y
S/. 3 266,20 por intereses, derivados de los aportes previsionales impagos
devengados en el periodo comprendido entre junio de 2006 y enero de 2008.

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