Sentencia nº 002807-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente114-2011/CPC-INDECOPI-TAC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia N°2
RESOLUCIÓN 2807-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 114-2011/CPC-I NDECOPI-TAC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE TACNA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : FRANKLIN SÁNCHEZ ROJAS
DENUNCIADA : UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI
MATERIAS : RESOLUCIONES DE TRÁMITE
ADHESIÓN
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA SUPERIOR
SUMILLA: Se tiene por adherido al señor Franklin Sánchez Rojas al recurso
de apelación interpuesto por Universidad José Carlos Mariátegui; y se
dispone correr traslado del referido recurso a la otra parte, para que en un
plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, haga conocer su posición respecto
de los argumentos expuestos en la impugnación.
Lima, 19 de setiembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 22 de junio de 2011, el señor Franklin Sánchez Rojas (en adelante, el
señor Sánchez) denunció a Universidad José Carlos Mariátegui1 (en
adelante, la Universidad), ante la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Tacna (en adelante, la Comisión) por infracción del Decreto
Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2.
2. En su denuncia, el señor Sánchez señaló lo siguiente:
(i) Mediante Resolución 392-08-R-UJCM del 15 de octubre de 2008 fue
admitido en el programa para egresados de ingeniería civil de la
Universidad Particular de Iquitos, el mismo que era ofrecido por el centro
educativo denunciado;
(ii) el 10 de diciembre de 2009 la Universidad le otorgó el grado académico
de bachiller;
(iii) pese a que el 8 de abril de 2010 aprobó el examen de suficiencia para
obtener el título profesional y había cumplido con todos los requisitos, a
la fecha de la interposición de la denuncia no se le había otorgado el
mismo; y,
1 RUC 20200848048. Domicilio Fiscal: Calle Ayacucho 393, Distrito de Moquegua, Provincia de Mari scal Niet o y
Departamento de Moquegua.
2 Cuyo texto y sus modificatorias hasta el 30 de enero de 2009 se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo
006-2009-PCM, Texto Único Ordenad o de la Ley del Sistema de Protección al Consumid or.

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