Sentencia nº 002374-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 1 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente244-2012/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2374 -2012/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 244-2012/CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : JUAN FERNANDO BAUTISTA SÁNCHEZ
DENUNCIADO : SCOTIABANK PERÚ S.A.A.
MATERIAS : TEMAS PROCESALES
IMPROCEDENCIA
PRESCRIPCIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró
improcedente la denuncia, al haber prescrito la facultad sancionadora de la
Administración.
Lima, 01 de agosto de 2012
ANTECEDENTES
1. El 9 de febrero de 2012, el señor Juan Fernando Bautista Sánchez (en
adelante, el señor Bautista) denunció a Scotiabank Perú S.A.A. 1 (en adelante,
el Banco) por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al
Consumidor2, señalando los siguientes hechos:
(i) En el año 1998, el Banco Wiese Sudameris aprobó un crédito
hipotecario de US$ 22 000,00 a favor de su esposa, la señora Rita
Marianella Jaime Chimpén (en adelante, la señora Jaime);
(ii) el 23 de julio de 2008, remitió una carta al Banco solicitando que la
póliza de desgravamen cubra el saldo deudor del crédito hipotecario
pues la señora Jaime había fallecido el 30 de junio de 2008;
(iii) el 25 de noviembre de 2008, el Banco le comunicó que la empresa
aseguradora emitió un cheque por US$ 17 704,68 para la cancelación
del referido préstamo. Dado que el importe a cancelar por concepto de
la deuda ascendió a US$ 11 242,11, el excedente de US$ 6 462,57 fue
depositado en la cuenta corriente a nombre de la señora Jaime;
(iv) el Banco cobró indebidamente desde febrero de 2003 a junio de 2008
intereses, póliza de desgravamen, seguro domiciliario y comisión por
aportes; sin considerar que la señora Jaime se encontraba en estado de
invalidez total y permanente desde el 2002; y,
1 RUC 20100043140, domicilio fiscal ubicado en Calle Mayor Armando Blondet 1 35, Urb. Santa Anta, Distrito de San
Isidro, Provincia y Departamento de Lima; de acuerdo con la información obtenid a en http://www.sunat.gob.pe.
2 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprob ado por Decreto Supremo 006-2009-PCM.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR