Sentencia nº 001000-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 7 de Mayo de 2010
Fecha de Resolución | 7 de Mayo de 2010 |
Emisor | Sala Especializada en Propiedad Intelectual |
Expediente | 938-2009/ODA |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1000-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 938-2009/DDA
Incidente
1-8
DENUNCIANTE : SANRIO COMPANY LTD.
DENUNCIADA : IMPORTACIONES PRIYA FASHION E.I.R.L.
Denuncia por infracción a la Legislación sobre el Derecho de Autor –
Apelación de medida cautelar – Caducidad de la medida cautelar
Lima, siete de mayo de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 16 de junio de 2009, Sanrio Company Ltd. interpuso denuncia por
infracción a su Derecho de Autor en contra de Importaciones Priya Fashion
E.I.R.L. por la importación de stickers, ganchos y ligas para cabello de niña, en
los cuales se incluye a su obra HELLO KITTY. Consideró lo siguiente:
(i) Los productos importados se encuentran, de forma temporal, en
TRAMARSA ubicado en Av. Néstor Gambeta Km. 3,6, Callao.
(ii) Su empresa no ha autorizado a Importaciones Priya Fashion E.I.R.L. la
importación, para su posterior distribución, de los stickers, ganchos y ligas
para cabello de niña que incluyen su obra denominada HELLO KITTY, por
lo que es evidente que se han infringido su Derecho de Autor.
Solicitó lo siguiente:
(i) Realizar una diligencia de inspección en el depósito de TRAMARSA
ubicado en Av. Néstor Gambeta Km. 3,6, Callao.
(ii) Ordenar las medidas cautelares de comiso de los stickers, ganchos y
ligas para cabello de niña materia de denuncia y el cese de los actos
violatorios.
(iii) La multa que corresponda de acuerdo a lo establecido en el artículo 188
inciso b) del Decreto Legislativo Nº 822.
(iv) El pago de costas y costos del presente procedimiento.
(v) Entregar los productos infractores a su empresa.
Adjuntó medios probatorios a fin de acreditar lo expuesto.
Mediante Resolución Nº 322-2009/CDA-Indecopi de fecha 23 de junio de 2009,
la Comisión de Derecho de Autor admitió a trámite la denuncia presentada y
corrió traslado de la misma a la denunciada, debiendo ésta presentar sus
descargos dentro del plazo establecido por ley, bajo apercibimiento de ser
declarada en rebeldía. Asimismo:
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba