Sentencia nº 001000-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 7 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente938-2009/ODA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1000-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 938-2009/DDA
Incidente
1-8
DENUNCIANTE : SANRIO COMPANY LTD.
DENUNCIADA : IMPORTACIONES PRIYA FASHION E.I.R.L.
Denuncia por infracción a la Legislación sobre el Derecho de Autor
Apelación de medida cautelar Caducidad de la medida cautelar
Lima, siete de mayo de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 16 de junio de 2009, Sanrio Company Ltd. interpuso denuncia por
infracción a su Derecho de Autor en contra de Importaciones Priya Fashion
E.I.R.L. por la importación de stickers, ganchos y ligas para cabello de niña, en
los cuales se incluye a su obra HELLO KITTY. Consideró lo siguiente:
(i) Los productos importados se encuentran, de forma temporal, en
TRAMARSA ubicado en Av. Néstor Gambeta Km. 3,6, Callao.
(ii) Su empresa no ha autorizado a Importaciones Priya Fashion E.I.R.L. la
importación, para su posterior distribución, de los stickers, ganchos y ligas
para cabello de niña que incluyen su obra denominada HELLO KITTY, por
lo que es evidente que se han infringido su Derecho de Autor.
Solicitó lo siguiente:
(i) Realizar una diligencia de inspección en el depósito de TRAMARSA
ubicado en Av. Néstor Gambeta Km. 3,6, Callao.
(ii) Ordenar las medidas cautelares de comiso de los stickers, ganchos y
ligas para cabello de niña materia de denuncia y el cese de los actos
violatorios.
(iii) La multa que corresponda de acuerdo a lo establecido en el artículo 188
(iv) El pago de costas y costos del presente procedimiento.
(v) Entregar los productos infractores a su empresa.
Adjuntó medios probatorios a fin de acreditar lo expuesto.
Mediante Resolución Nº 322-2009/CDA-Indecopi de fecha 23 de junio de 2009,
la Comisión de Derecho de Autor admitió a trámite la denuncia presentada y
corrió traslado de la misma a la denunciada, debiendo ésta presentar sus
descargos dentro del plazo establecido por ley, bajo apercibimiento de ser
declarada en rebeldía. Asimismo:

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