Sentencia nº 000046-2005/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 20 de Enero de 2005

Fecha de Resolución20 de Enero de 2005
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente210310-2004/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0046-2005/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 210310-2004
1-11
ACCIONANTE : VALVOSANITARIA INDUSTRIAL S.A. (VAINSA)
EMPLAZADO : SEMAGEN E.I.R.L.
Apelación de medida cautelar – Caducidad de las medidas cautelares dictadas
por la Primera Instancia
Lima, veinte de enero del dos mil cinco
I. ANTECEDENTES
Con fecha 14 de mayo del 2004, Valvosanitaria Industrial S.A. (VAINSA) (Perú)
formuló denuncia por infracción a sus derechos de propiedad industrial contra Mario
Flores Rivera (entiéndase SEMAGEN E.I.R.L.), manifestando lo siguiente:
(i) Es una empresa industrial que se dedica a la fabricación de grifería y
accesorios para la misma, con más de 25 años de operaciones en el mercado
peruano, gozando sus productos de reconocido prestigio y gran aceptación,
tanto por su calidad, durabilidad y garantía, como por sus presentaciones y
diseños de vanguardia.
(ii) Es titular de la marca de producto constituida por la representación de la
figura de una perilla de forma cilíndrica en cuyos lados opuestos aparece una
hendidura en forma ovalada, que distingue productos de la clase 11 de la
Nomenclatura Oficial.
(iii) El emplazado se encuentra fabricando una perilla de forma igual o por lo
menos similar a su marca registrada, la cual la realiza a través de un proceso
de inyección en zamak sin cromar. Adjuntó muestra física de una perilla.
(iv) La fabricación de la perilla por el emplazado induce al público a confusión o
puede originar situaciones que le causen perjuicio, dado que se trata de la
utilización indebida de un signo distintivo sobre el que su empresa tiene pleno
derecho al uso exclusivo.
(v) Solicitó:
- La cesación inmediata del acto infractorio, ordenándose al emplazado que
se abstenga de continuar fabricando y/o comercializando, en cualquier
forma o modalidad, productos que presenten su marca registrada o signos
que se le asemejen y que pueda inducir a confusión o causarle un
perjuicio.
- El retiro del mercado de toda perilla igual o similar a su marca registrada.
- En caso de incumplimiento, la incautación o comiso de toda perilla igual o
similar a su marca registrada que se encuentre en el local de la emplazada
o en locales de terceros permaneciendo de propiedad del emplazado.

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