Sentencia nº 000900-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 20 de Abril de 2011

Fecha de Resolución20 de Abril de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente013-2004/CCO-ODI-LAL-001-016
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 0900-2011/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 013-2004/CC O-ODI-LAL-001-016
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LA LIBERTAD
DEUDOR : EMPRESA AGRARIA CHIQUITOY S.A.
ACREEDOR : SANTOS VÍCTOR BENITES RODRÍGUEZ
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITO LABORAL
ACTIVIDAD : AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA Y
ACTIVIDADES
DE SERVICIOS CONEXOS
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 0440-2009/INDECOPI-LAL del 31 de
marzo de 2009, en el extremo que declaró infundada la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por el trabajador, respecto de los
créditos derivados del reintegro de la gratificación correspondiente a
diciembre de 1997 y de la bonificación vacacional de los años 2000 a 2002;
y, reformándola, se declara fundada dicha solicitud en tales extremos y se
reconoce créditos a favor del trabajador frente a la deudora ascendentes a
S/. 1 949,37 por capital Y S/. 446,60 por intereses; a los cuales les
corresponde el primer orden de preferencia; debido a que se acreditó la
cuantía de los créditos solicitados.
Se CONFIRMA la Resolución 0440-2009/INDECOPI-LAL, modificando sus
fundamentos, en el extremo que reconoció créditos a favor del trabajador
frente a la acreedora por concepto de bonificación vacacional
correspondiente al periodo comprendido entre los años 2003 y 2005,
ascendentes a S/. 1 330,00 por capital y S/. 64,64 por intereses, debido a
que se acreditó la cuantía de los créditos solicitados.
Se declara la NULIDAD de la Resolución 0440-2009/INDECOPI-LAL en el
extremo que reconoció créditos a favor del trabajador frente a la acreedora
por concepto del reintegro de remuneraciones por descanso semanal
obligatorio correspondiente al período comprendido entre enero y
noviembre de 2003 y, en consecuencia, se dispone que la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de La Libertad emita un nuevo
pronunciamiento al respecto, siguiendo los criterios establecidos por la
presente resolución.
Asimismo se CONFIRMA la Resolución 0440-2009/INDECOPI-LAL en el
extremo que reconoció créditos a favor del trabajador frente a la deudora,
derivados del reintegro de remuneraciones por descanso semanal
obligatorio correspondientes a los periodos de enero de 1996 a diciembre
de 2002 y de octubre de 2003 al 14 de marzo de 2005, con excepción de los
detallados en el Anexo de la presente resolución, ascendentes a
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 0900-2011/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 013-2004/CC O-ODI-LAL-001-016
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S/. 7 499,15 por capital y S/. 2 058,95 por intereses; debido a que se
acreditó la cuantía de los créditos solicitados.
Finalmente, se SUSPENDE el pronunciamiento de fondo relacionado con el
reconocimiento de los créditos invocados por el trabajador frente a la
deudora derivados de remuneraciones en especie, en cumplimiento de lo
ordenado por el Juzgado Especializado en lo Civil de Ascope, mediante
Resolución 3 del 14 de diciembre de 2009.
Lima, 20 de abril de 2011
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1575-2006/INDECOPI-LAL del 11 de diciembre de
2006, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en la Libertad (en
adelante, la Comisión) reconoció a favor del señor Santos Víctor Benites
Rodríguez (en adelante, el señor Benites) frente a Empresa Agraria
Chiquitoy S.A. (en adelante, Chiquitoy)1 créditos ascendentes a
S/. 13 887.94 por capital y S/. 5 761.81 por intereses2.
2. El 25 de noviembre de 2008, el señor Benites solicitó la ampliación de los
créditos reconocidos en los montos ascendentes a S/. 46 149.79 por capital
y S/. 18 515.93 por intereses frente a Chiquitoy, conforme al siguiente
detalle:
CONCEPTO PERIODO CAPITAL (S/.) INTERESES (S/.)
Gratificación diciembre de 1997 1 004,92 756,02
Reintegro por descanso
semanal obligatorio 01/01/1996 al
14/03/2005 16 477,17
6 706,18
Bonificación vacacional 1999 a 14/03/2005 2 495,00
399,72
Remuneraciones en
especie 01/01/1996 al
14/03/2005 26 172,70
10 654,01
Total 46 149,79
18 515,93
3. Mediante Requerimiento 134-2009/INDECOPI/LAL notificado el 2 de
febrero de 2009, la Comisión solicitó al señor Benites que presente
documentación que acredite la existencia o incumplimiento de pago de los
créditos solicitados3.
1 Por aviso publ icado en el diari o oficial “El Peruano” del 14 de marzo de 2005, la Comisión difundió el
sometimiento a concurso de Chiquitoy. En sesión del 1 6 de diciembre de 2005, l a Junta de Acreedores decidió la
reestructuración patrimonial de la conc ursada.
2 Dichos crédit os se der ivan de l os siguientes c onceptos: (i) Compensación por Tiempo de Ser vicios no
capitalizada al año 1995; (ii) CTS mensual; (iii) CTS semestral; (iv) remuneracion es impagas de ener o a abril de
1999; y, (v) gratificaciones de julio y diciembre de 1998.
3 La Comis ión requirió al señor Benites que acredite la existencia o incum plimiento de pago de: (i) reintegr o de
gratificación de diciembre de 1997; (ii) reintegro de remuneraciones por desc anso semanal obligatorio del period o
comprendido entre enero de 1996 y diciembre de 2002; (iii) bonificación vacacional de los period os de 1 999 a

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