Sentencia nº 001213-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 3 de Septiembre de 2001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente112469-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1213-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 112469-2000
1-5
SOLICITANTE : INTERLINK DEL PERU S.A.
Suspensión del procedimiento por encontrarse en trámite la cancelación de la
marca base de la denegatoria en Primera Instancia
Lima, tres de setiembre de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 24 de agosto del 2000, Interlink del Perú S.A. (Perú) solicitó el registro de
la marca de producto constituida por la etiqueta que contiene la denominación
PURITA escrita en letras características de color blanco dentro de una figura
rectangular de color azul, en la parte superior se aprecia la figura de una vaca
posada sobre una representación de pasto de color verde, el cual se encuentra
enmarcado por un semicírculo azul, cuyo fondo es de color crema, todo conforme al
modelo, para distinguir productos lácteos y sus derivados de la clase 29 de la
Nomenclatura Oficial.
Mediante proveído de fecha 14 de diciembre del 2000, la Oficina de Signos
Distintivos solicitó a Interlink del Perú S.A. que cumpla con excluir la frase "y sus
derivados" de la presente solicitud, y de ser el caso, precise los productos que
pretende distinguir con el signo solicitado, de conformidad con el artículo 139 de la
Decisión 486.
Con fecha 21 de diciembre del 2000, Interlink del Perú S.A. precisó que los
productos a distinguir con el signo solicitado son productos lácteos y leche de la
clase 29 de la Nomenclatura Oficial, eliminando la frase "y sus derivados".
Mediante Resolución Nº 430-2001/OSD-INDECOPI de fecha 24 de enero del 2001,
la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro solicitado. Señaló que del
Informe de antecedentes se verificó la existencia de la marca PURITA CEREAL
(certificado N° 96357) que distingue frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas
y demás productos de la clase 29 de la Nomenclatura Oficial, con la cual el signo
solicitado resulta ser semejante al grado de inducir a confusión al público
consumidor. Consideró que si bien el signo solicitado es un signo mixto, la dimensión
característica del mismo radica en el elemento denominativo PURITA, debido a la
ubicación y tamaño de las letras, el cual resulta ser gráfica y fonéticamente idéntico
a la marca registrada. Precisó que la adición de elementos figurativos en el signo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR