Sentencia nº 000106-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Enero de 2012

Fecha de Resolución25 de Enero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005-01-3026-/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0106-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 001-2005-01-3026/ CCO-ODI-LAM
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : CATALINO MONTALVÁN ARROYO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
ADHESIÓN A LA APELACIÓN
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se declara PROCEDENTE la adhesión a la apelación formulada por
el señor Catalino Montalván Arroyo a fin de impugnar el extremo de la
Resolución 2221-2008/CCO-INDECOPI del 30 de junio de 2008, que declaró
inadmisible su solicitud de reconocimiento de créditos derivados de
intereses.
Lima, 25 de enero de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito de fecha 7 de abril de 2005, complementado con escrito de
fecha 28 de abril de 2008, el señor Catalino Montalván Arroyo (en adelante,
el señor Montalván) solicitó el reconocimiento de su crédito de origen laboral
frente a Agro Pucalá S.A.A.1 (en adelante, Agro Pucalá) ascendente a
S/. 26 714,93 por concepto de capital, S/.23 099,33 por concepto de intereses
y S/. 1 800,00 por concepto de gastos.
2. Mediante Resolución 2221-2008/CCO-ODI-LAM del 30 de junio de 2008, la
Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Lambayeque (en adelante,
la Comisión) resolvió: (i) reconocer el crédito de origen laboral a favor del
señor Montalván frente a Agro Pucalá, ascendente a S/. 26 714,93 por
concepto de capital derivado de CTS no capitalizable, al que le corresponde
el primer orden de preferencia; (ii) declaró inadmisible los intereses derivados
de CTS; y (iii) declaró que, de acuerdo a la documentación que obra en
autos, el señor Montalván no mantiene vinculación con Agro Pucalá, en los
3. Con fecha 21 de julio de 2008, Agro Pucalá interpuso un recurso de
reconsideración contra la Resolución 2221-2008/INDECOPI-LAM del 30 de
junio de 20082.
1 Mediante Resoluci ón 0024-2005/CCO-ODI-LAM del 11 d e febrero de 2005, la Comisión de la Oficina Region al del
INDECOPI de Lambayequ e, declaró la situación de c oncurso de Agro Pucalá, difundi éndose la situación de
concurso en el Diario Oficial “El P eruano” el 21 de febrero de 2005.
2 El 28 de agosto de 2008, el señor Montalván solicitó la ampliación de su cré dito de origen laboral frente a Agro
Pucalá, por la suma de S/. 23 0 99,33 por conc epto de intereses de CTS, calculados teniendo en cuenta el capital
reconocido mediante la Resolució n 2221-2008/INDECOPI-LAM.

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