Sentencia nº 003332-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 5 de Diciembre de 2011

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2520-2010/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 3332-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 2520-2010/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : MAGNO IVÁN PAUTRAT GARCÍA
DENUNCIADO : BANCO CONTINENTAL
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS BANCARIOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado, que declaró infundada
la denuncia respecto a la falta de atención a la solicitud del denunciante para
el refinanciamiento de su préstamo personal, en la medida que ha quedado
acreditado que el denunciado sí atendió el pedido.
Lima, 5 de diciembre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 6 de septiembre de 2010, el señor Magno Iván Pautrat García (en
adelante, el señor Pautrat) denunció a Banco Continental1 (en adelante, el
Banco) ante la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur (en
adelante, la Comisión) por infringir el Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor2. El señor Pautrat señaló que el 9 de marzo de
2009, celebró con el denunciado un contrato de préstamo personal
“Contifacil”. Indicó que solicitó en reiteradas oportunidades el
refinanciamiento de su crédito en condiciones accesibles y favorables a su
capacidad de pago, pese a lo cual el Banco no consideró sus propuestas
acorde con su haber mensual.
2. En sus descargos, el Banco alegó lo siguiente:
(i) El 9 de marzo de 2009, se le concedió al denunciante un mutuo de
dinero por la suma de S/. 30 800,00, el cual permanecía impago;
(ii) el denunciante les remitió una solicitud de refinanciamiento, la misma
que fue debidamente absuelta y aceptada, siempre que estuviera de
acuerdo con las condiciones planteadas por la institución según sus
parámetros de riesgo; y,
1 RUC: 20100130204: Domicilio: Avenida República de Panamá 3055, Urb. El Palomar, Distrit o de San Isidro,
Provincia y Departamento de Lima
2 El Decreto Legislativo 716, Ley de P rotección al Consumidor y s us modificatorias han sido c onsolidados en el Texto
Único Ordenado de la Ley de Protecci ón al Consumidor, aprobado mediante Decreto Su premo 006-2009-PCM.

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