Sentencia nº 000530-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 15 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente282686-2006/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0530-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 282686-2006
Incidente
1-7
DENUNCIADO : EMPRESA DESTILERA SHERPAK S.A.C.
Diligencia de inspección de oficio - Acción por infracción por uso indebido
de la denominación PISCO - Apelación de medida cautelar - Caducidad de
las medidas cautelares dictadas por la Primera Instancia
Lima, quince de marzo del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Mediante proveído de fecha 23 de junio del 2006, la Oficina de Signos
Distintivos dispuso de oficio la realización de una inspección en los locales de
la empresa DESTILERÍA SHERPAK S.A.C. -ubicados en: Cooperativa
Universitaria Nº B-12, Arequipa, y en Lateral 10, Santa Rita de Siguas, Calle
Teniente Palacios Nº 207, Miraflores, Arequipa- a fin de tomar las muestras
respectivas para su correspondiente evaluación y, de ser el caso, verificar el
uso indebido de la denominación de origen Pisco, tanto en forma independiente
como conjuntamente con otros elementos. Se determinó lo siguiente:
(i) La inspeccionada cuenta con la autorización para utilizar la
denominación de origen PISCO para los tipos Pisco puro de uvas
aromáticas, Pisco puro de uvas no aromáticas y Pisco Acholado; motivo
por el cual, de verificarse en la diligencia ordenada la existencia de
productos y/o material publicitario en los que se utilice denominación de
origen PISCO para otros tipos sin contar con la autorización
correspondiente, se dicta la medida cautelar de comiso de tales
artículos, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones de ley en caso
de no prestar las facilidades al inspector en la diligencia o entorpecer el
ejercicio de las funciones de la Oficina de Signos Distintivos.
(ii) De verificarse en la inspección que en los productos encontrados se usa
la denominación de origen PISCO con la autorización de uso respectiva,
se deberán tomar las muestras de dicho producto para su
correspondiente evaluación a razón de tres muestras por cada tipo de
PISCO.
(iii) Fórmese el expediente respectivo y las copias que correspondan.
Con fechas 24 y 28 de agosto del 2006, se realizó la diligencia de inspección
en los locales de la inspeccionada. Se verificó lo siguiente:
En el local ubicado en calle Portal de Flores 116, Arequipa
(i) La existencia de un envase del cual se obtendría el Pisco para la
elaboración de pisco sour, informándose que es Pisco Caravelí, en la
variedad de acholado, no encontrándose etiqueta en el mismo, ya que

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