Sentencia nº 002786-2008/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 13 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2008
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente356-2008/ODA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2786-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 356-2008/ODA
1-7
SOLICITANTE : WARNER BROS ENTERTAINMENT INC.
INSPECCIONADO : IMPORT EXPORT ATLANTIS S.A.C.
Apelación de medida cautelar de incautación: Carece de objeto emitir
pronunciamiento
Lima, trece de noviembre de dos mil ocho.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 29 de febrero de 2008, Warner Bros Entertainment Inc. (Estados
Unidos de América) solicitó medida cautelar de inspección previa a
procedimiento contra Import Export Atlantis S.A.C., por cuanto éste ha
importado artículos presumiblemente infractores del personaje PIOLIN
(TWEETY), de titularidad de su empresa. Los referidos productos han sido
importados bajo la DUA 118-2008-10-051245-00, encontrándose
almacenados en el terminal de Almacenamiento de Trabajos Marítimos S.A.
TRAMARSA, ubicado en Av. Néstor Gambeta Km. 3.6, Callao, donde deberá
practicarse la diligencia de inspección respectiva. En virtud de la incautación, se
procedió a levantar la medida cautelar de inmovilización.
Mediante proveído de fecha 29 de febrero de 2008, la Oficina de Derechos de
Autor manifestó que la solicitante invocó en forma errónea la norma aplicable al
presente caso, sin embargo, en virtud del artículo 145 de la Ley 27444, es de
competencia de la Oficina precisar que el presente procedimiento es de
inspección (prueba anticipada), no de medida cautelar de inspección. En ese
sentido, dispuso lo siguiente:
(i) Ordenó de oficio la medida cautelar de inmovilización de la mercadería
ilícita identificada con la DUA Nº 118-2008-10-051245-00, de propiedad de
Import Export Atlantis S.A.C., la cual se verificará al momento de
realizarse la diligencia de inspección correspondiente.
(ii) Ordenó la inspección de la mercadería identificada con la DUA Nº 118-
2008-10-051245-00, de propiedad de la empresa Import Export Atlantis
S.A.C., la cual se encuentra depositada en los almacenes de la empresa
TRAMARSA, en razón a que existe un riesgo inminente de un daño
irreparable al derecho de la solicitante, toda vez que ingresados dichos
productos al mercado nacional, el importador inicia la distribución en
diferentes puntos de venta mayorista y minorista, con lo cual se dificulta la
labor de fiscalización del Estado.
(iii) Ordenó se proceda de oficio a la incautación de materiales y/o productos
que reproduzcan ilícitamente obras protegidas por la legislación del

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