Sentencia nº 000945-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 17 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente248294-2005/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0945-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 248294-2005
1-13
ACCIONANTE : RECURSOS DATA S.R.L.
EMPLAZADA : CONTROLADORA MABE, S.A. DE C.V.
Cancelación por falta de uso: Fundada
Lima, diecisiete de mayo del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 12 de julio del 2005, Recursos Data S.R.L. (Perú) solicitó la
cancelación por falta de uso de la marca de servicio SERVIPLUS y diseño,
registrada en la clase 37 de la Nomenclatura Oficial, a favor de Controladora
Mabe, S.A. de C.V., bajo certificado Nº 3272, pues desde hace más de tres
años no viene usando dicha marca, ni ha otorgado licencia de uso a favor de
terceros. Asimismo, señaló que tiene legítimo interés, ya que pretende registrar
la marca SERVICIO PLUS, para distinguir servicios de la clase 37 de la
Nomenclatura Oficial.
Mediante proveído de fecha 26 de enero del 2006, no habiendo cumplido la
emplazada con contestar la acción de cancelación y habiéndose vencido el
plazo de ley, la Oficina de Signos Distintivos tuvo por no contestada la acción.
Mediante Resolución Nº 2533-2006/OSD-INDECOPI de fecha 27 de febrero del
2006, la Oficina de Signos Distintivos declaró fundada la acción de cancelación.
Señaló que la emplazada no cumplió con absolver el traslado de la acción de
cancelación por falta de uso, por lo que al estar la carga de la prueba de parte
del titular de la marca, se tiene por no acreditado el uso del signo materia de la
presente acción.
Con fecha 27 de marzo del 2006, Controladora Mabe S.A. de C.V. (México)
interpuso recurso de reconsideración manifestando que usa la marca
SERVIPLUS y diseño, para distinguir servicios de la clase 37 de la
Nomenclatura Oficial, por lo menos desde los tres años antes de la fecha de
inicio de la presente acción, es decir, entre el 12 de julio del 2002 y el 12 de
julio del 2005, en el comercio interno de diversos países miembros de la
Comunidad Andina, particularmente en Colombia. Adjuntó medios probatorios.
Con fecha 24 de abril del 2006, Recursos Data S.R.L. absolvió el traslado del
recurso de reconsideración señalando lo siguiente:
(i) Los documentos que presenta la emplazada no cumplen con acreditar
fehacientemente el uso de la marca materia de la acción, debido a que:

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