Sentencia nº 000099-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 26 de Enero de 2006

Fecha de Resolución26 de Enero de 2006
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente221566-2004/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0099-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 221566-2004
1-12
SOLICITANTE : QUALA INC.
OPOSITORA : ALPINA PRODUCTOS ALIMENTICIOS S.A.
Oposición andina Nulidad de Resolución de Primera Instancia
Impulso de oficio
Lima, veintiséis de enero del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 4 de octubre del 2004, Quala Inc. (Islas Vírgenes Británicas) solicitó
el registro de la marca de producto BONICE YOGORICO, para distinguir café,
té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y
preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados
comestibles comestibles, miel, jarabe de melaza, levaduras, polvo para
esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo, de la
clase 30 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 7 de febrero del 2005, Alpina Productos Alimenticios S.A. (Colombia)
formuló oposición manifestando lo siguiente:
(i) Su empresa es titular en Colombia de las siguientes marcas de
producto:
Marca Clase Certificado
YOGO YOGO 29 N° 121368
BON FLAN 29 N° 142994
BON YURT 29 N° 145207
(ii) Asimismo, ha solicitado en el Perú, con fecha 28 de abril del 2004, el
registro de la marca YOGO YOGO en la clase 29, la cual se encuentra
en trámite bajo expediente N° 208904-2004, con lo que se acredita el
legítimo interés correspondiente.
(iii) En su marca YOGO YOGO, la fuerza distintiva está dada por la palabra
forjada YOGO, la cual está contenida en el signo solicitado BONICE
YOGORICO, al igual que el término BON que también conforma sus
marcas, debiendo tenerse en cuenta además que el término ICE del
signo solicitado es genérico, al ser una palabra del idioma inglés que es
conocida por el común de los consumidores (hielo), mientras que la
palabra RICO describe una característica del producto.
(iv) En tal sentido, el signo solicitado resulta confundible con sus marcas, al
basarse en sus signos para su creación, siendo gráfica, fonética y

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