Sentencia nº 000814-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 22 de Junio de 2001

Fecha de Resolución22 de Junio de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente101741-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 814-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 101741-2000
1-11
ACCIONANTE : BOTICA TORRES DE LIMATAMBO S.A.C.
EMPLAZADA : COSME SALDIVAR HUAMANTICA
Infracción a los derechos de propiedad intelectual: Existencia - Sanciones
Lima, veintidós de junio de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 29 de febrero del 2000, Botica Torres de Limatambo S.A.C. (Perú)
interpuso denuncia por infracción a los derechos de propiedad industrial, así como
por competencia desleal contra Boticas Nuevo Milenio, en base a su marca BOTICA
TORRES DE LIMATAMBO y logotipo. Manifestó que existe un local de expendio de
medicamentos con el nombre BOTICAS NUEVO MILENIO y logotipo, el cual resulta
similar a su marca registrada y puede inducir a confusión al consumidor, ya que
tienen el mismo fondo en color rojo, la misma distribución y color de letras y la
misma figura romboide en color azul con las iniciales de la botica. Indicó que la
emplazada usa un logotipo distinto en sus boletas de venta, lo que evidencia que el
uso del logotipo exterior es sólo para confundir al consumidor, con el fin de
aprovecharse de la reputación de su cadena de boticas. Para acreditar sus
argumentos presentó fotografías y boletas de venta. Solicitó como medida cautelar
el retiro de los paneles publicitarios de Boticas Nuevo Milenio, que contengan signos
similares a los de Botica Torres de Limatambo, tanto en el local ubicado en San Juan
de Miraflores como en algún otro, y se ordene colocar un aviso en un lugar visible
del local indicando que no tiene relación con la cadena Botica Torres de Limatambo.
Invocó los artículos 14 y 20 del Decreto Ley 26122 y el Título V del Decreto
Legislativo 807. Posteriormente, solicitó se efectúe una diligencia de inspección en el
local de la emplazada.
Mediante proveído de fecha 7 de abril del 2000, la Oficina de Signos Distintivos tuvo
por interpuesta la acción, ordenó se practique la inspección en el local de la
emplazada en calidad de requerimiento de información, y dictó la medida cautelar de
cese de uso del signo BOTICAS NUEVO MILENIO escrita en letras mayúsculas de
color amarillo, al lado las iniciales BNM de color amarillo dentro de una figura
romboide de color azul, todo sobre fondo rojo - conforme aparece de fojas 67 a 69
del expediente - para comercializar productos de las clases 3 y 5 de la Nomenclatura
Oficial.
Con fecha 24 de abril del 2000, se llevó a cabo la diligencia de inspección en el local
de Cosme Saldivar Huamantica - propietario de Boticas Nuevo Milenio - en la que se
verificó el uso del signo conformado por la denominación BOTICAS NUEVO
MILENIO escrita en letras mayúsculas de color amarillo, al lado de las iniciales BNM
de color amarillo dentro de una figura romboide color azul, todo sobre fondo rojo,

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