Sentencia nº 000034-2005/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 18 de Enero de 2005

Fecha de Resolución18 de Enero de 2005
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente1043-2004/ODA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0034-2005/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 1043-2004/ODA
1-8
SOLICITANTE : UNIÓN PERUANA DE PRODUCTORES
FONOGRÁFICOS - UNIMPRO
INSPECCIONADA : CHIFA INTERNACIONAL S.R.LTDA
Apelación de medida cautelar de inspección
Lima, dieciocho de enero del dos mil cinco
I. ANTECEDENTES
Con fecha 18 de agosto del 2004, Unión Peruana de Productores Fonográficos -
UNIMPRO (Perú) solicitó a la Oficina de Derechos de Autor que dicte la medida
cautelar de inspección en el establecimiento denominado Chifa Internacional, a fin
de verificar si se lleva a cabo la comunicación pública de fonogramas musicales.
Indicó que Chifa Internacional S.R.Ltda., en su condición de titular del
establecimiento, ha venido realizando actos de comunicación pública de fonogramas
musicales, sin haber realizado el pago de la remuneración equitativa y única
correspondiente. Solicitó se verifique si la comunicación pública de fonogramas
musicales se hace a partir de reproducciones o soportes ilícitos o no autorizados, en
cuyo caso, deberá ordenarse la incautación de dichos soportes, incluyéndose los
aparatos de cómputo cuando el fonograma se encuentre en el disco duro de tales
aparatos. Asimismo, solicitó se ordene a la inspeccionada el pago de las costas y
costos del presente procedimiento.
Mediante proveído de fecha 13 de setiembre del 2004, la Oficina de Derechos de
Autor ordenó la realización de la medida cautelar de inspección en el local
denominado “Chifa Internacional”, ubicado en Av. Roosevelt N° 5915, Miraflores
(antes Av. República de Panamá), conducido por la empresa Chifa Internacional
S.R.Ltda., bajo cuenta, costo y riesgo de la solicitante, la misma que se llevará a
cabo en los meses de setiembre y octubre del 2004. De otro lado, denegó la solicitud
de incautación y comiso, debido a que solamente podrá solicitarse dentro de un
procedimiento administrativo de denuncia. Por último, denegó el pedido de condena
de costas y costos, por ser aplicable solamente a procedimientos contenciosos.
Mediante Informe N° 169-2004-MGG/AFI de fecha 29 de setiembre del 2004, el Área
de Fiscalización realizó la diligencia de inspección, entendiéndose la entrevista con
el apoderado del Chifa Internacional S.R.Ltda, el Sr. David Lau Li. Dentro del local se
verificó la comunicación pública de fonogramas a través de parlantes y de un
aparato de televisión encendido en el canal DISCOVERY, escuchándose en la radio
el tema “ Hacer el amor con otro” de la intérprete Alejandra Guzmán. Por último, se
constató la existencia de 110 asientos donde se efectúa la comunicación pública de

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