Sentencia nº 000657-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 23 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2006
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente243388-2005/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0657-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 243388-2005
1-11
ACCIONANTE : COLOMBIA INDUSTRIAL AUTOMOTRIZ LTDA
EMPLAZADO : ORTEGA DIESEL S.R.L.
Acción por infracción a los derechos de propiedad industrial
Lima, veintitrés de mayo del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 26 de mayo del 2005, Colombia Industrial Automotriz Ltda. (Colombia)
interpuso una acción por infracción contra Ortega Diesel S.R.L., manifestando lo
siguiente:
(i) Es titular de la marca de producto TEMPER KOOL, que distingue
productos de la clase 1 de la Nomenclatura Oficial (certificado N°
103811).
(ii) La emplazada viene fabricando y comercializando refrigerante usando la
marca TEMPER KOOL sin su autorización.
(iii) Presenta como medio probatorio la Declaración Única de Importación N°
074323 de fecha 25 de enero del 2005, en la que se aprecia que la
emplazada ha comercializado refrigerante identificado con su marca
registrada.
(iv) En atención a lo anterior, solicitó las siguientes medidas cautelares:
Cese inmediato de los actos que constituyen la infracción.
El retiro de los circuitos comerciales de los productos resultantes de la
infracción, incluyendo los envases, embalajes, etiquetas, material impreso o
de publicidad u otros materiales, así como los materiales y medios que
sirvieran para cometer la infracción.
La suspensión de la importación o de la exportación de los productos,
materiales o medios referidos en el literal anterior.
La constitución por el presunto infractor de una garantía suficiente.
El cierre temporal del establecimiento de la emplazada cuando fuese
necesario para evitar la continuación o repetición de la infracción.
Adjuntó medios probatorios.
Mediante proveído de fecha 26 de mayo del 2005, la Oficina de Signos
Distintivos tuvo por interpuesta la acción por infracción y corrió traslado de la
misma a la empresa emplazada. Asimismo, dispuso se practique una diligencia
de inspección en el Terminal de Almacenamiento Neptunia S.A. o en el lugar en
el que se encuentren los productos cuya Declaración Única de Importación es
118-2005-10-074323-00 y, de verificarse en dicha diligencia la existencia de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR