Sentencia nº 001835-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 10 de Junio de 2010

Fecha de Resolución10 de Junio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/01-1052/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1835-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0001-2005-01-1052/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : ELIBORIO TABOADA LLONTOP
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0963-2009/INDECOPI-LAM del 14 de
abril de 2009, en el extremo que declaró infundado el recurso de
reconsideración interpuesto por el señor Eliborio Tabeada Llontop contra la
Resolución 0211-2008/INDECOPI-LAM que denegó los créditos por concepto
intereses, al encontrarse calculados sobre la base de un capital distinto al
reconocido. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, debe indicarse que
se deja a salvo el derecho del trabajador para presentar una liquidación de
intereses calculados en función a los créditos reconocidos por capital.
Lima, 10 de junio de 2010
ANTECEDENTES
1. El 5 de abril de 2005, el señor Eliborio Taboada Llontop (en adelante, el
trabajador) solicitó ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Lambayeque (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos
laborales frente a Agro Pucalá S.A.A. (en adelante, Agro Pucalá)1
ascendentes a S/. 75 197,99 por capital y S/. 21 968,50 por intereses
derivados de la Compensación por Tiempo de Servicios (en adelante, CTS),
CTS no capitalizada y adeudos laborales, devengados al 20 de febrero de
2005.
2. Mediante Resolución 0211-2008/INDECOPI-LAM del 24 de marzo de 2008,
la Comisión reconoció créditos a favor del trabajador frente a EPS Grau
ascendentes a S/. 10 563,31 por capital derivado de la CTS no capitalizable.
3. El 11 de marzo de 2008, el trabajador interpuso recurso de reconsideración
contra la Resolución 0211-2008/INDECOPI-LAM, adjuntando como nueva
prueba una liquidación detallada de beneficios sociales devengados al 24 de
octubre de 2004, mediante la cual reformuló su petitorio inicial y fijó los
créditos invocados en S/. 77 779,02 por capital y S/. 21 906,40 por intereses.
1 Mediante Resolución 0024-2005/CCO-ODI-LAM del 11 de febrero de 2005, la Comisión declaró la situación d e
concurso de Agro Pucalá S.A .A. Dicha situación se publicó en el Diario Ofici al “El Peruano” el 21 d e febrero de
2005.

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