Sentencia nº 000867-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 27 de Diciembre de 2001

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente221-1998/03-02/CSM-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION N° 0867-2001/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 221-1998-03-02/CSM-ODI-CCPL
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL DE
LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI EN EL
COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE LIMA (LA
COMISION)
ACREEDOR : BANCO CONTINENTAL (BANCO CONTINENTAL)
DEUDORA : NAHIM OSCAR SABA CASSIS (SEÑOR SABA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
REDUCCION DE CREDITOS RECONOCIDOS
CREDITOS INCORPORADOS EN TITULOS VALORES
CUESTION CONTENCIOSA
ACTIVIDAD : PERSONA NATURAL
SUMILLA: en el procedimiento sobre reconocimiento de créditos seguido por
el Banco Continental frente al señor Nahim Oscar Saba Cassis ante la
Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del
INDECOPI en el Colegio de Contadores Públicos de Lima la Sala ha resuelto
confirmar la Resolución N° 0274-2001/CRP-ODI-CCPL del 24 de enero de 2001
que declaró infundada la solicitud presentada por el deudor para que se
reduzca el monto de los créditos derivados de un pagaré que le fueron
previamente reconocidos al Banco Continental frente a dicho deudor.
El alegado pago de dichos créditos mediante una adjudicación que aún no ha
sido definida en el Poder Judicial, no constituye una cuestión contenciosa en
sede judicial que implique la suspensión del presente procedimiento; porque
con la documentación presentada se ha acreditado la existencia y legitimidad
de las obligaciones invocadas por el Banco Continental derivadas de un
pagaré cuya validez no ha sido puesta en discusión por el señor Saba.
Lima, 27 de diciembre de 2001
I ANTECEDENTES
El 13 de julio de 1999, el Banco Continental invocó el reconocimiento de créditos
frente al señor Saba
1
ascendentes a US$ 1 383 280,92 por capital y US$ 204 227,26
por intereses, sustentados en (i) el Pagaré Nº 10017 emitido por el señor Saba y el
señor Nahim Oscar Saba Cassis a la orden del solicitante con fecha 31 de julio de
1997; y en (ii) el Pagaré Nº 27192 emitido por Sitex S.A. y avalado por el señor Saba
y otros a la orden de dicha entidad bancaria con fecha 31 de diciembre de 1996.
Por Resolución Nº 1167-1999/CRP-ODI-CCPL del 27 de julio de 1999, la Comisión
reconoció a favor del señor Saba créditos ascendentes a US$ 1 383 280,92 por
1
Por Resolución Nº 002-1998/CSM-ODI-CCPL del 25 de noviembre de 1998 se declaró la insolvencia del señor Saba.
Mediante Resolución Nº 1491-2000/CRP-ODI-CCPL del 13 de julio del 2000 se declaró la liquidación del patrimonio del
señor Saba, asumiendo la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en el
Colegio de Contadores Públicos de Lima, la conducción de dicho procedimiento.

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