Sentencia nº 000701-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 2 de Junio de 2006

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2006
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente188010-2003/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0701-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 188010-2003
Acumulado al 202911-2004
1-27
SOLICITANTE / ACCIONANTE : LIVER CAMPOS TORRES
OPOSITORA / EMPLAZADA : COMPAÑÍA ARROCERA DEL PERÚ
S.A.C.
Nulidad de Resolución de Primera Instancia – Acción de cancelación –
pruebas de uso - Riesgo de confusión entre signos que distinguen
productos de la clase 30 de la Nomenclatura Oficial: Inexistencia – Orden
de iniciar nulidad de oficio de marca registrada
Lima, dos de junio del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 18 de agosto del 2003, mediante expediente Nº 188010-2003, Liver
Campos Torres (Perú) solicitó el registro de la marca de producto constituida
por el logotipo conformado por la denominación ARROZ NIR DESPUNTADO
TIA DOMI APROX 50 KILOS CHICLAYO escrita en letras características,
acompañada de la figura de una persona, una olla de arroz y seis estrellas, a
los costados se aprecia la denominación ARROZ SUPERIOR TIA DOMI escrita
en letras características, todo en los colores rojo y amarillo, conforme al
modelo, para distinguir arroz de la clase 30 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 4 de diciembre del 2003, Compañía Arrocera del Perú S.A.C.
formuló oposición al registro del signo solicitado señalando que:
- Es titular de la marca de producto NIR en la clase 30 de la Nomenclatura
Oficial.
- En el año 1996 su marca ganó un nombre en el mercado nacional para
distinguir, entre otros, arroz de alto rendimiento.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0701-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 188010-2003
Acumulado al 202911-2004
2-27
- El solicitante pretende aprovecharse de la buena reputación de su empresa,
incluso intenta que la marca registrada pierda distintividad en el mercado
haciéndola pasar como un nombre genérico o un tipo de arroz.
- La marca registrada se encuentra íntegramente incluida en el signo
solicitado.
- El término DESPUNTADO que incluye el signo solicitado sirve para
designar cualquier arroz que luego de ser llevado al molino para el proceso
de pulido, pilado y descascarado no llega a sufrir el proceso de clasificación
dentro del molino (sic). En tal sentido, dicha palabra no aporta distintividad
al signo solicitado.
- La palabra NIR es el elemento principal dentro del signo solicitado.
- El registro del signo solicitado podría ocasionar riesgo de confusión directo
e indirecto respecto de su marca registrada.
A pesar de haber sido debidamente notificado, Liver Campos Torres no cumplió
con absolver el traslado de la oposición.
Con fecha 17 de febrero del 2004, mediante expediente Nº 202911-2004, Liver
Campos Torres solicitó la cancelación por falta de uso de la marca de producto
NIR, que distingue productos de la clase 30 de la Nomenclatura Oficial,
registrada bajo certificado Nº 26372 a favor de Compañía Arrocera del Perú
S.A.C. Señaló que la marca en mención no viene siendo utilizada por su titular
ni por tercero autorizado desde hace más de tres años.
Con fecha 27 de mayo del 2004, Compañía Arrocera del Perú S.A.C. absolvió
el traslado de la acción señalando que:
- En el año 1996 se otorgó el registro de la marca de producto NIR a favor de
Compañía Arrocera del Sur S.A.C. Posteriormente, en el año 2002, su
empresa adquiere a través de un contrato de compra-venta los derechos de
la marca en mención.
- Desde el año 2002 su empresa viene produciendo y comercializando los
productos identificados con la marca NIR, la cual goza de prestigio nacional.
- Su empresa tiene tierras de cultivo en el norte del país, es allí donde
siembra y cosecha el arroz identificado con la marca NIR, para luego
venderlo a empresas, comerciantes o consumidores finales.
- Su negocio es estacional, es decir, existe una época de siembra y otra de
cosecha, luego de la cual recién se puede vender el arroz. Por este motivo,
todas sus ventas se realizan en determinados meses del año (mediados de
junio y entre diciembre y enero).
- Actualmente, debido a la gran demanda de su producto, no le queda ningún
producto en stock para mostrar en el presente procedimiento.

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